| RESOLUCIONES VINCULANTES |
| Resoluciones de la DirecciĂłn General de Tributos. |
| Consultas del ICAC |
| Resoluciones del Tribunal EconĂłmico-Administrativo |
| JURISPRUDENCIA FISCAL |
| TJUE |
| Tribunal Constitucional |
| Tribunal Supremo |
| OTRAS SENTENCIAS |
| Tribunales Superiores de Justicia |
| CONTACTO |
| Contacto |
![]() |
MEMENTO FISCAL >>
HERRAMIENTAS >>
RESOLUCIONES VINCULANTES.
Resoluciones del Tribunal EconĂłmico Administrativo.
| 2025 | LGT | (RTEAC 17-07-2025) Un recurso extemporéneo no invalida la reducción del 30% por conformidad en sanciones tributarias. |
| 2025 | IRPF | (RTEAC , 24-06-2025) PresunciĂłn de afectaciĂłn de los vehĂculos mixtos adaptables. Los criterios a seguir son los siguientes: -cuando se trate de vehĂculos mixtos cuyas caracterĂsticas fĂsicas (carrocerĂa, rotulaciĂłn exterior, aspecto fĂsico, etc. … ) y las circunstancias concurrentes (actividad econĂłmica desarrollada, o cualquiera otra relevante) apunten a una dedicaciĂłn de los mismos a la actividad econĂłmica de su propietario, deberán presumirse como afectos a la misma; -lo que no impedirá que la AdministraciĂłn tributaria pueda negar esa afectaciĂłn presunta si prueba que se dedican fundamentalmente a un uso particular; el caso aborda la afectaciĂłn de una furgoneta mixta a la actividad de fontanerĂa |
| 2025 | IVA |
| 2024 | IRPF | (RTEAC 4263/2023, 19-07-2024) El contribuyente que teniendo una pensiĂłn por incapacidad permanente, al llegar a la edad de jubilaciĂłn, mantendrá su derecho a aplicar el mĂnimo por discapacidad (art. 60 LIRPF) sin que le sea exigible acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. (RTEAC 2172/2023 19-07-2024) Cuando los dos progenitores opten por la tributaciĂłn conjunta en los casos de guarda y custodia compartida si no se justifica la existencia de mutuo acuerdo previo a la presentaciĂłn de las declaraciones para que a la conjunta se acoja uno u otro, deberán tributar en individual al igual que sus hijos, no siendo aplicable la reducciĂłn por tributaciĂłn conjunta. |
| 2024 | ISD | (RTEAC 29-02-2024) La prescripciĂłn de una donaciĂłn colacionable efectuada por cheque bancario comienza a contar el dĂa siguiente al transcurso de los 30 dĂas hábiles posteriores a la fecha en que se dispuso del dinero |
| 2023 | IRPF | (RTEAC 26-09-2023) Para subsanar discrepancias sobre la descripciĂłn catastral de un inmueble no se insta la rectificaciĂłn del error material sino que se comunica la alteraciĂłn a Catastro. (RTEAC 25-04-2023) DefiniciĂłn de dĂas de permanencia para determinar la residencia legal en España (presencia certificada, dĂas presuntos, ausencias esporádicas) |
| 2020 | IS | (RTEAC 17-07-2020) Las retribuciones de administradores en el IS no son deducibles si el cargo es gratuito. |
| 2018 | LGT | (RTEAC 08-03-2018) La fuerza vinculante de las resoluciones del TEAC es para toda la AdministraciĂłn Tributaria, incluida a la propia DirecciĂłn General de Tributos. |
| 2018 | ITP | (RTEAC 14-09-2017) Si un obligado tributario aplica en su declaraciĂłn/autoliquidaciĂłn un beneficio fiscal cuyo efectivo disfrute queda condicionado al cumplimiento posterior de determinados requisitos, si se produce el incumplimiento efectivo de un requisito a futuro, generando la inaplicabilidad sobrevenida del beneficio fiscal, surge la obligaciĂłn por parte del obligado tributario que aplicĂł ese beneficio fiscal de regularizar su situaciĂłn tributaria. El sujeto pasivo tendrá en todo caso la obligaciĂłn de presentar, en su plazo reglamentario, la preceptiva declaraciĂłn o autoliquidaciĂłn complementaria. Asimismo, el cĂłmputo del plazo de prescripciĂłn del derecho de la AdministraciĂłn para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidaciĂłn por ese beneficio fiscal ya no aplicable, comenzará a contarse desde el dĂa siguiente a aquel en que finalice el anterior plazo reglamentario. En aquellos casos en que no estuviese previsto especĂficamente un plazo para regularizar la situaciĂłn tributaria tras el incumplimiento de un requisito al que estaba condicionado el beneficio fiscal que en su momento se aplicĂł un obligado tributario, regirá el plazo de prescripciĂłn de cuatro años, tanto para la regularizaciĂłn voluntaria por parte del obligado tributario como para la comprobaciĂłn de su situaciĂłn tributaria por la AdministraciĂłn, a contar desde que se produzca el incumplimiento del requisito. |
| 2012 | ISD | (RTEAC 13-12-2012) El plazo de prescripciĂłn del Impuesto Sucesiones se computa desde el fallecimiento cuando la herencia se causa en el extranjero. |
![]() | Tribunal EconĂłmico Administrativo de AndalucĂa. | |
| 2018 | ITP | (RTEAR AndalucĂa 29-06-2018) La adquisiciĂłn de un inmueble por usucapiĂłn, –al carecer por naturaleza de carácter oneroso (art. 609 C.Civil)– no constituye una transmisiĂłn sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos JurĂdicos Documentados. |
P: Si el importe reclamado es de 140.000 euros ¿en qué Tribunal Económico Administrativo debo reclamar?
R: Cuando la cuantĂa de la reclamaciĂłn sea igual o inferior al importe 150.000 euros, o 1.800.000 euros si se trata de reclamaciones contra bases o valoraciones debe reclamar al TEAR.








