Memento Fiscal

Inicio > Normativa tributaria básica

1. Normativa Básica Tributaria

En esta sección veremos la normativa principal de nuestro sistema tributario. Es algo así como el sistema operativo con el que funcionan los tributos.

La Ley General Tributaria y sus reglamentos de desarrollo se irán analizando, artículo por artículo, gracias a los post explicados por un experto tributario.

En esta misma página se encuentra el desarrollo de la LGT, pero si quiere consultar los reglamentos u otra normativa sólo tiene que seleccionar el que desee.

Ley General Tributaria. Ley 58/2003 (texto consolidado)

I. Disposiciones Generales.

Concepto y clases de tributos (2)
Tasas
-Contribuciones especiales
Impuestos
¿Sabía que Don Fernando Sainz de Bujanda
nació en Granada?
Reserva de ley tributaria (8)
Identificación y derogación expresa de las normas tributarias (9)
Ámbito temporal de las normas tributarias (10)
La normas tributarias se aplicarán por plazo indefinido, salvo que se fije un plazo determinado.
Interpretación de las normas tributarias (12)
Calificación (13)
Prohibición de analogía (14)
Conflicto en la aplicación de la norma tributaria (15)
Simulación. A través de cooperativas. (16)
Existe conflicto en la aplicación de la norma tributaria cuando se evita total o parcialmente la realización del hecho imponible o se minora la base o la deuda tributaria, mediante actos o negocios en los que concurren determinadas circunstancias.

II. Los tributos

Obligación tributaria principal. (19)
>El pago de la cuota tributaria.

Hecho imponible (20)
Devengo y exigibilidad (21)
Exenciones (22)
>La exención tributaria y los tipos de exención
El devengo es el momento en que se realiza el hecho imponible.
Obligación tributaria de hacer pagos a cuenta (23)Pagos fraccionados, retenciones e ingresos a cuenta.
Obligaciones entre particulares resultantes del tributo. (24)Repercusión, retención e ingresos a cuenta.
Obligaciones tributarias accesorias (25)
Intereses de demora ¿exentos de IRPF? (26)
Recargos Extemporáneos (27)
Recargos Ejecutivos (28)
¿Qué es el periodo ejecutivo?
Obligaciones de la Administración.
Devoluciones derivadas de la normativa del tributo (31)
Devolución de ingresos indebidos (32)
Reembolso del coste de garantías (33)
Derechos y garantías de los obligados tributarios (34)
Poner una queja o sugerencia al Consejo para la Defensa del Contribuyente.
El Consejo para la Defensa del Contribuyente tendrá la naturaleza jurídica de órgano colegiado de la Administración del Estado, integrado en este Ministerio y adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda

Obligados tributarios

Obligados tributarios (35)
Sujetos pasivos: contribuyente y sustituto del contr. (36)
Obligados a realizar pagos a cuenta (37)

No es lo mismo obligado tributario que contribuyente.
Los matices son muy importantes.
Sucesores de personas físicas (39)
Sucesores de personas jurídicas y de entidades sin personalidad (40)
No olvide que las obligaciones tributarias pendientes se transmitirán a los herederos.
Responsabilidad tributaria (41-43)
Capacidad de obrar (44)
La capacidad de obrar tributaria.

Representación legal (45)

 
Representación voluntaria (46)

-Para los actos de mero trámite se presume concedida la representación
-Para otros actos hay que acreditar la representación

Representación de personas o entidades no residentes (47)
Formularios representación
Domicilio fiscal. (48)

Elementos de cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta

Cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta. (49)

Base imponible: concepto y métodos de determinación. (50)

-Método de estimación directa.(51)
-Método de estimación objetiva (52)
-Método de estimación indirecta. (53)
La base imponible es la magnitud dineraria o de otra naturaleza que resulta de la medición o valoración del hecho imponible
Base liquidable (54)
Tipo de gravamen (55)¿Sabrías como calcular el tipo medio efectivo de gravamen?
En Economía. TME= CL/BI
En Impuesto de Sucesiones: CT/BLT
Cuota Tributaria (56)

-Cuota íntegra
-Cuota liquida: (CI – Bonif y Ded)
-Cuota diferencial: (CL- Ded y Pagos a cta)

Puede ser:
El resultado de (T * BL) o una cantidad fija
Comprobación de valores (57) 

La deuda tributaria


Deuda tributaria (58)
Extinción de la deuda tributaria (59)
Cada deuda lleva consigo una historia… 
Formas de pago (60)
-Efectivo
-Otras formas determinadas reglamentariamente
(arts. 33-43 RGR – ver más abajo)

Momento del pago (61)
Plazos para el pago (62)
Calendario domiciliaciones
Imputación de pagos. (63)
Consignación del pago.(64)
Aplazamiento y fraccionamiento de pago (65)
Orden HFP 311/2023


Si puedes aplazar sin garantía:
Da liquidez, no hay que pedir préstamo
y evita recargos.
La prescripción.
Plazos de prescripción (66)
Plazo para comprobar e investigar (66 bis)
Cómputo de los plazos de prescripción (67)
Interrupción de los plazos de prescripción (68)
Extensión y efectos de la prescripción (69)
Efectos de la prescripción en relación con las obligaciones formales (70)

El tiempo lo cura todo, o casi.
Compensación (71)
Compensación a instancia del obligado tributario (72)
Compensación de oficio (73)


Extinción de deudas de las entidades de derecho público mediante deducciones sobre transferencias (74)

Condonación (75)
Baja por insolvencia (76)

El que cree que cuesta caro un profesional,
no sabe lo que cuesta un incompetente.
Garantías de la deuda tributaria
Derecho de prelación (77)
-Ley Concursal

Hipoteca legal tácita (78)

Afección de bienes (79)
Derecho de retención (80)
Prelación y garantías de créditos de titularidad de otros Estados. (80 bis)
Medidas cautelares (81)
Garantías para el aplazamiento y fraccionamiento del pago de la deuda tributaria (82)
¿Por qué es importante la Ley General Tributaria? >

La Ley General Tributaria es el eje central del ordenamiento tributario donde se recogen sus principios esenciales y se regulan las relaciones entre la Administración tributaria y los contribuyentes.

Muchos máster o cursos se centran principalmente en los impuestos, pero en realidad, la LGT es el sistema operativo que cualquier asesor debería dominar a la perfección.

¿Sabe cuál es la obligación tributaria principal? >

La obligación tributaria principal es el pago de la cuota tributaria (art. 19)

III. Aplicación de los tributos.

Ámbito de la aplicación de los tributos (83)
Competencia territorial en la aplicación de los tributos (84)
Información y asistencia de los obligados tributarios
Deber de información y asistencia a los obligados tributarios.(85)
Publicaciones (86)
Comunicaciones y actuaciones de información.(87)
Consultas tributarias escritas (88)
Efectos de las contestaciones a consultas tributarias escritas. (89)
Información con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles (90)
Acuerdos previos de valoración. (91)

Modelo de Consulta a la DGT
Colaboración social en la aplicación de los tributos.
Colaboración social (92)
Obligación de información (93)
Autoridades sometidas al deber de informar y colaborar (94)
Carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria (95)
Publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias (95 bis)
Esta Gestoría es colaboradora social con la AEAT y ATRIAN
en virtud de los convenios
con el Colegio de Gestores Administrativos
Utilización de tecnologías informáticas y telemáticas (96)

Normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios.

Iniciación de los procedimientos tributarios. (98)
Desarrollo de las actuaciones y procedimientos tributarios. (99)
Terminación de los procedimientos tributarios.(100)
Las liquidaciones tributarias: concepto y clases. (101)
Notificación de las liquidaciones tributarias.(102)
Liquidación provisional o definitiva.
La obligación de resolver y sus plazos.
Obligación de resolver. (103)
Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.(104)
Prueba
Carga de la prueba.(105)
Normas sobre medios y valoración de la prueba.(106)
Valor probatorio de las diligencias. (107)
Presunciones en materia tributaria.(108)
Quien haga valer su derecho deberá probar los hechos.
Notificaciones.
Notificaciones en materia tributaria.(109)
Lugar de práctica de las notificaciones.(110)
Personas legitimadas para recibir las notificaciones.(111)
Notificación por comparecencia.(112)
Ver Reglamento

Autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios (113)
Autorización judicial para acceder al móvil personal (113)
Denuncia pública (114)
Potestades y funciones de comprobación e investigación
Potestades y funciones de comprobación e investigación (115)
Plan de control tributario (116)
Directrices de Planes de Control Tributarios AEAT

Actuaciones y Procedimiento de Gestión Tributaria

La gestión tributaria (117)
Declaración tributaria (119)
Autoliquidación (120)
Rectificación de declaraciones (120.3)
Rectificación de declaraciones con el modelo (120.4)

La diferencia entre declaración y autoliquidación es clave.
Comunicación de datos (121)
Declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones complementarias o sustitutivas (122)
Declaraciones complementarias (122.2)
El paradigma actual es convertir las declaraciones complementarias en rectificativas.

Procedimientos de Gestión Tributaria

Procedimientos de gestión tributaria (123)
Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos (124-127)
El plazo para practicar la devolución comenzará a contarse desde la presentación de la solicitud o desde la finalización del plazo previsto para la presentación de la comunicación de datos.
Procedimiento iniciado mediante declaración (128-130)
Límites al procedimiento de Verificación de Datos (131)

La Administración no siempre tiene la razón
Comprobación de valores (134- 135)
Comprobación limitada (136 – 140)
Ver Reglamento
Los procedimientos de Gestión Tributaria.
Análisis y comentarios.

Antonio Pastor Bobadilla.

Inspección Tributaria

Inspección tributaria (141)
Facultades de la inspección (142)



Documentación de las actuaciones inspectoras (143)
-comunicaciones
-diligencias
-informes y
-actas.
Valor probatorio de las actas (144)Las actas hacen prueba de los hechos.

Procedimiento de Inspección

Normas Generales
Objeto del procedimiento de inspección. (145)
Medidas cautelares en el procedimiento de inspección. (146)
Iniciación del procedimiento de inspección. (147)
Alcance de las actuaciones del procedimiento de inspección. (148)
Solicitud del obligado tributario de una inspección de carácter general. (149)
Plazo de las actuaciones inspectoras. (150)
Lugar de las actuaciones inspectoras (151)
¿Pueden inspeccionar mi móvil?

Horario de las actuaciones inspectoras (152)
Tipos de actas:
Actas con acuerdo (155)
-Actas de conformidad (156)
-Actas de disconformidad (157)

Recaudación tributaria

Recaudación tributaria (160)

Periodo ejecutivo (161)

Facultades de la recaudación tributaria (162)
Consulte el Reglamento

Procedimiento de apremio.

Procedimiento de apremio (163- 173)
Suspensión del procedimientos por tercerías (165)
-De dominio
-De mejor derecho
No se embargarán los bienes o derechos declarados inembargables.
Iniciación del procedimiento de apremio.(167)
Ejecución de garantías.(168)
Práctica del embargo de bienes y derechos.(169)
Diligencia de embargo y anotación preventiva.(170)
Una vez notificada la diligencia de embargo, si el deudor no está conforme y desea recurrir, deberá optar, en el plazo máximo de un mes contado desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, entre presentar:
-Recurso de reposición
-Reclamación económico administrativa.
Embargo de bienes o derechos en entidades de crédito o de depósito.(171)
Enajenación de los bienes embargados. (172)

Procedimiento frente a responsables y sucesores

Declaración de responsabilidad. (174)
Procedimiento para exigir la responsabilidad solidaria. (175)
Procedimiento para exigir la responsabilidad subsidiaria.(176)
Procedimiento de recaudación frente a los sucesores. (177)

IV. Potestad sancionadora.

No responsabilidad de infracción tributaria (179.2)

Principio de no concurrencia de sanciones tributarias.(180)
Concepto y clases de infracciones tributarias. (183)

Calificación de las infracciones tributarias. (184)
-Las infracciones pueden ser: Leves, Graves y Muy Graves

Clases de sanciones tributarias.(185)
Sanciones no pecuniarias por infracciones graves o muy graves.(186)
Reducción de las sanciones (188)65 o 30 s/el caso
y 40% pp
Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias. (189)
Extinción de las sanciones tributarias. (190)

Infracciones y sanciones.

Infracción tributaria por dejar de ingresar (191)

Infracción tributaria por incumplir la obligación de presentar de forma completa y correcta declaraciones o documentos necesarios para practicar liquidaciones. (192)

Infracción tributaria por obtener indebidamente devoluciones (193)
Infracción tributaria por solicitar indebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales (194)

Infracción tributaria por determinar o acreditar improcedentemente partidas positivas o negativas o créditos tributarios aparentes. (195)
 

Infracción tributaria por imputar incorrectamente o no imputar bases imponibles, rentas o resultados por las entidades sometidas a un régimen de imputación de rentas. (196)

Infracción tributaria por imputar incorrectamente deducciones, bonificaciones y pagos a cuenta por las entidades sometidas a un régimen de imputación de rentas. (197)
Infracción tributaria por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico (198)

Presentar fuera de plazo antes de que la Administración lo notifique. (198.2)
-Compatibilidad con la infracción del 203 LGT.
-Infracción por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal (198)
-Infracción por incumplir las condiciones de determinadas autorizaciones. (198)



Calendarios fiscales
Infracción tributaria por presentar incorrectamente autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico o contestaciones a requerimientos individualizados de información. (199)

 

Infracción tributaria por incumplir obligaciones contables y registrales. (200)
Infracción tributaria por incumplir obligaciones de facturación o documentación. (201)
Reglamento de Facturación
2012
Infracción tributaria por fabricación, producción, comercialización y tenencia de sistemas informáticos que no cumplan las especificaciones exigidas por la normativa aplicable. (201 bis)
Reglamento Verifactu
2023
Infracción tributaria por incumplir las obligaciones relativas a la utilización y a la solicitud del número de identificación fiscal o de otros números o códigos. (202)
Infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria. (203)
Infracción tributaria por incumplir el deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos a cuenta. (204) 
Infracción tributaria por incumplir la obligación de comunicar correctamente datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta. (205)Modelo 145
Infracción por incumplir la obligación de entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta. (206)¿Sabes que la empresa tiene que entregarte
el certificado de retenciones
antes de que comience la campaña de renta?
Infracción en supuestos de conflicto en la aplicación de la norma tributaria.(206 bis) 
El procedimiento sancionador tributario.
Análisis y comentarios.

Antonio Pastor Bobadilla.

V. Revisión en vía administrativa

Medios de revisión. (213)
Capacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución. (214)
Motivación de las resoluciones.(215)
Procedimientos especiales de revisión (216 -221)Nulidad: efectos ex tunc
Anulabilidad: efectos ex nunc
>Actos nulos de pleno derecho
>Lesividad
>Revocación
>Rectificación de errores
>Devolución de ingresos indebidos
Rectificar y solicitar ingresos indebidos.
Recurso de reposición ( 222 -225)Recuerde que este recurso es potestativo, salvo para tributos de municipios que no adopten la consideración de gran población. (Ver LRHL)
 Normalmente es previo a la reclamación económico-administrativa.
Reclamación económico – administrativa (226 -248)

Suspensión del acto impugnado (233)
Antes de reclamar suspenda la ejecución, pague o aplace la deuda. Reclamar no es lo mismo que suspender.
Reclamación económico-administrativa. Procedimiento general. (234-244)El plazo para resolverse será de un año como máximo.
Reclamación económico- administrativa por el procedimiento abreviado (245-248)El plazo para resolver y notificar una reclamación económico-administrativa abreviada es de 6 meses desde su interposición. Puede conocer más en el artículo del Gestor.
Recurso contencioso-administrativo (249)Las resoluciones que pongan fin a la vía económico-administrativa podrán recurrirse en vía contencioso-administrativa.
Si necesita abogado podemos ayudarle.

Recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario

Disposiciones generales.(260)
Procedimientos de ejecución de decisiones de recuperación de ayudas de Estado.(261)
Prescripción. (262)
Efectos de la ejecución de la decisión de recuperación.(263)
Recursos contra el acto de ejecución.(264)
Principio de Deggendorf:

Si esa empresa no devuelve la ayuda pendiente, la Administración denegará cualquier nueva ayuda de Estado o beneficio fiscal hasta que regularice su situación
Recuperación en supuestos de regularización de los elementos de la obligación tributaria afectados por la decisión de recuperación.(265)
Inicio.(266)
Tramitación. (267)
Terminación (268)
Procedimiento de recuperación en otros supuestos. (269)
Inicio. (270)
Terminación (271)
¿Qué plazo tengo para interponer un recurso de reposición? >>

Un mes, si el acto fuera expreso.

Si no lo fuera, se podrá interponer en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Y normas de desarrollo

Reglamento de Gestión e Inspección Tributaria.

(Acceso directo)
Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario

(Acceso directo)
Reglamento General de Recaudación

(Acceso directo)
Reglamento de Revisión Tributaria

(Acceso directo)
Reglamento de Gestión e Inspección Tributario comentado
Reglamento General de Recaudacion comentado
Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario comentado
El procedimiento sancionador tributario.
Análisis y comentarios.

Antonio Pastor Bobadilla.

Reglamento de revisión tributaria comentado.
Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Presidencia de la AEAT, por la que se dictan criterios de actuación en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados mediante recursos y reclamaciones y de relación entre los Tribunales Económico-Administrativos y la AEAT.
Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales
Reforma Fiscal en la Ley 11/2021
Un artículo clave para entender la nueva tributación

 

 

La Web de Gestoría Pastor (Granada) creada por Antonio Pastor Bobadilla se encuentra bajo una Licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España.

 

<Volver al índiceIRPF>