¿Sabrías cómo crear una empresa? ¿Qué es mejor ser autónomo o tener una SL?
Estas preguntas podemos responderlas con cita previa, pero he aquí algunas indicaciones.
Las comunes son:
- Definir la forma jurídica: Debes decidir si quieres ir sólo o acompañado. Las opciones son Autónomo, Sociedad Limitada (SL), Sociedad Anónima (SA), etc. Debes sopesar las ventajas e inconvenientes, los requisitos y responsabilidades de cada uno.
- Elaborar un plan de negocio: Este documento es importante para la planificación, para la búsqueda de financiación y para la obtención de ciertas ayudas.
Las específicas son:
| Decido ser autónomo | Decido constituir sociedad |
|---|---|
| Es más sencillo | Es un poquito más complejo |
| Alta en Hacienda: El alta censal es obligatorio y marca las obligaciones con la AEAT. (ver blog fiscal) Llevar libros contables y registrales obligatorios. Alta en la Seguridad Social: -Alta en el RETA si trabajas sólo Puedes beneficiarte de la tarifa plana -Alta de CCC si quieres dar de alta trabajadores. (Ver blog laboral) -Si tienes trabajadores a cargo tendrás que tener más obligaciones: prevención de riesgos, registro horario, protocolos anti-acoso, registro retributivo, etc. Licencias y permisos: Necesarios para la actividad específica de la empresa Por ej: licencia de apertura, etc. | Solicitar la certificación negativa de denominación social: Es preciso saber que el nombre de la empresa no está registrado por otra. Constituir la sociedad ante notario: Trámite ante notario, en escritura pública. Le requerirán un depósito mínimo del capital social. Obtener el NIF provisional: Trámite ante la Agencia Tributaria. Inscribir la empresa en el Registro Mercantil: La inscripción da validez legal a la empresa NIF definitivo en Hacienda: El alta censal es obligatorio y marca las obligaciones con la AEAT. Llevar contabilidad y libros conforme a la norma, no olvidando los asientos de tesorería. Alta en la Seguridad Social: -Alta en el RETA del administrador -Alta de CCC si quieres dar de alta trabajadores. -Si tienes trabajadores a cargo tendrás que tener más obligaciones: prevención de riesgos, registro horario, protocolos anti-acoso, registro retributivo, etc. Licencias y permisos: Necesarios para la actividad específica de la empresa |
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