Cuándo se cobran las nóminas y las pensiones en España

Cualquier persona necesita saber cuándo va a cobrar.

La vida actual requiere una correcta planificación para poder afrontar los gastos e inversiones, evitando descubiertos innecesarios en las entidades bancarias.

Por eso abordaremos este importante tema de manera analítica.

El cobro de la nómina.

La nómina se suele cobrar el último día de cada mes. Si la empresa es grande puede cobrarse antes, pero si es pequeña suele efectuarse el pago en los cinco días hábiles siguientes del mes al que se refiere.

Con carácter general hay que remitirse al art 29 del ET:

“La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres”.

 “el  período de tiempo para abonar las cantidades del salario no podrá exceder de un mes”.

“la mora en el pago supone un interés de un 10% anual de lo adeudado”

Sin embargo, hay que atender al Convenio Colectivo o contrato si la fecha tiene una condición más ventajosa para el trabajador.

El cobro de nóminas del EP o personal funcionario.

Las personas que trabajan para la Administración General del Estado suelen cobrar entre el 24 y el 27 del mes en curso. Depende del calendario de pagos que fija la AGE cada año.

Suele ocurrir algo parecido con los trabajadores de otras Administraciones Públicas.

Una guía laboral comentada

El cobro de los subsidios y la prestación del SEPE.

El cobro de las ayudas y prestaciones del SEPE se realiza el día 10, o el siguiente si es inhábil. Sin embargo, algunas entidades bancarias adelantan su cobro.

Ni la LGSS, ni el art. 26 del RD. 625/1985 de desarrollo de la  Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo, establecen una fecha exacta. Sin embargo, la operativa del SEPE ha establecido el día 10 como fecha de referencia.

Pensiones y prestaciones del INSS.                     

El INSS marca el día 1 como fecha de abono de las pensiones de jubilación, viudedad e incapacidad, aunque puede variar según los días hábiles del momento. Igual ocurre con las prestaciones de nacimiento.

Aunque el pago es a mes vencido, algunos bancos adelantan el cobro desde el día 20 o 24 (según sea la entidad) por decisión propia, motivada por su política de fidelización.

Nota: Los artículos de este blog, sus enlaces y comentarios se proporcionan como una orientación general, a efectos únicamente informativos. Por tanto, no pueden tomarse como si fuera asesoramiento. Aunque todo está contrastado no podemos garantizar la exactitud de lo escrito. Para un asesoramiento preciso debe consultar con el Gestor, bien mediante una consulta online o una presencial.

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