Si quiere retirar a su coche o moto de la circulación (porque no lo usa o porque se lo han robado) usted debe dar de baja temporalmente su vehículo.
De esta manera se evitará pagar el impuesto de vehículos y no tendrá que tener el seguro de responsabilidad vigente.
Y cuando lo desee también puede rehabilitarlo.
Preguntas frecuentes:
¿Si vendí mi vehículo y aún sigue a mi nombre debo darle de baja? No, el procedimiento correcto es notificar la venta.
¿Debo tener el seguro en vigor aunque no utilice el vehículo?. Correcto. La única forma para poder prescindir del seguro en vigor es dar de baja (temporal o definitiva) al vehículo.
¿En qué casos se prorratea el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica? En caso de baja definitiva del vehículo o baja temporal por sustracción del vehículo, la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales completos y tendrá efectividad en el trimestre siguiente en que tuviera lugar la formalización de baja. (TRLRHL)
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