Ayuda de la Junta para autónomos. DL 29/2020.

La Junta de Andalucía acordó en el Decreto Ley 29/2020 de 17 de noviembre una línea de subvenciones para los autónomos afectados por la declaración del estado de alarma y las medidas de contención (estatal y autonómica) de la COVID-19.cafeteria

El objetivo de esta línea de subvenciones es ayudar a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo, y por tanto, la destrucción de empleo.

Beneficiarios/as y requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, con domicilio fiscal en Andalucía, que estuvieran dadas de alta en el RETA de la Seguridad Social el día 14 de marzo de 2020, manteniendo el alta hasta el día en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes y se encuentren en alguno de los supuestos que se relacionan a continuación:

a) Sectores de hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero o transporte por taxi.

Requisitos:

  • Que a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes desarrollen una actividad identificada de acuerdo con alguno de los códigos CNAE que detallamos más abajo. 
  • Que no sean beneficiarias de cualquiera de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad reguladas en los artículos 13 y 14 ni de la disposición adicional 4ª del RD Ley  30/2020, de medidas sociales en defensa del empleo
  • Que no sean beneficiarias de la prórroga del RD Ley 24/2020, contemplado en el RD Ley 30/2020.
  • La condición de no ser beneficiaria de una prestación por cese de actividad en los términos recogidos en el párrafo anterior de este apartado, así como, la obligación de comunicarlo al órgano gestor de obtenerse esta condición con posterioridad a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7, se manifestará mediante declaración responsable emitida y suscrita por la persona interesada que la realiza, bajo su responsabilidad, en el formulario de solicitud, sin perjuicio de que pueda ser objeto de comprobación por el órgano gestor con posterioridad a la resolución de la subvención, y su incumplimiento determinará el reintegro de la cuantía de la ayuda, en el supuesto de haberse percibido, en los términos del artículo 21, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador regulado en el artículo 22.

b) Sector de feriantes.

Requisitos:

  • Que a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes desarrollen una actividad identificada de acuerdo con alguno de los epígrafe IAE que se relacionan más abajo.

Incompatibilidad de subvenciones:

  • A fin de que nadie pueda obtener 2000 euros, las subvenciones reguladas en las letras a (sectores de hostelería, pequeño comercio, peluquerías y transporte por taxi) y b (sector de feriantes) serán incompatibles entre sí.  Por eso sólo debe identificar el código CNAE o IAE por la que pide la subvención.  
  • Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que soliciten las subvenciones reguladas en el presente decreto-ley, solo podrán serlo por una sola vez, para la misma convocatoria, con independencia de que desarrollen varias actividades identificadas con distintos CNAE y epígrafes de IAE.   Por ejemplo, si tiene una tienda en Granada de zapatos y otra de ropa en Armilla, sólo podrá obtener una ayuda de 1000 euros.
  • Exclusivamente para los sectores de la hostelería, del comercio y del transporte por taxi, los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por su encuadramiento como trabajadores por cuenta propia en el RETA y los comuneros de las comunidades de bienes, tendrán derecho igualmente a esta subvención, siempre que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en este artículo y no se hallen incursos en ninguna de sus prohibiciones..

Por ejemplo: Antonio y Juan regentan una cafetería en Otura mediante la fórmula jurídica de C.B. Tanto Antonio como Juan pueden solicitar la ayuda.

Quedan excluidas, para todos los sectores (hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero y transporte por taxi) las personas trabajadoras autónomas reguladas en el artículo 1.2.c) del Estatuto del Trabajo Autónomo (administradores o consejero de sociedad mercantil)

Compromiso.

Las personas beneficiarias estarán obligadas a mantener su condición de persona trabajadora por cuenta propia o autónoma, continuando de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos ininterrumpidamente durante, al menos, tres meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

Cuantía

La subvención consiste en una cuantía, a tanto alzado, de 1.000 euros.

Compatibilidad

Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que se concedan para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales, siempre que el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas no supere el importe de la subvención.

Por ejemplo: Un bar de Armilla podría solicitar esta ayuda si además se le concedió la subvención del Ayuntamiento de Armilla, para comercios y otros establecimientos.

Son compatibles con las ayudas de la Junta anteriores siguientes:

  • La Orden de 27 de junio de 2019, que es conocida como la de la continuidad de la tarifa plana.
  • El Decreto Ley 9/2020, de 15 de abril, que es conocida como la de los 300 euros a autónomos que no percibieron la prestación extraordinaria por cese.
Plazo y presentación de solicitudesonline

Las solicitudes y la documentación que hay que adjuntar se presentarán del 21 al 29 de noviembre.

La presentación será telemática, con firma digital, a través de la oficina virtual de la Consejería.

Los autónomos con alguna de las tarifas planas de esta Gestoría tienen garantizada la presentación de la documentación en plazo.

 Presentar ayuda?
PRESUPUESTO TARIFA PLANA

Relación de actividades económicas subvencionables

Listado de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)

CNAE

Clasificación nacional de ocupaciones económicas

4743shopping

Comercio al por menor de equipos de audio y vídeo en establecimientos especializados

4751

Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados

4752

Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados

4753

Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados

4754

Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados

4759

Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados

4761civil ases

Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados

4762

Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados

4763

Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados

4764

Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados

4765

Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados

4771

Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados

4772

Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados

4775

Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados

4776

Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados

4777reloj

Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados

4778

Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados

4779

Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos

4782

Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos

4799

Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos

5510

Hoteles y alojamientos similares

5520

Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia

5530

Campings y aparcamientos para caravanas

5590

Otros alojamientos

5610

Restaurantes y puestos de comidas

5621

Provisión de comidas preparadas para eventos

5629

Otros servicios de comidas

5630cup of coffee

Establecimientos de bebidas (bares)

4932matriculacion

Transporte de taxi

Nuevos  CNAE tras las corrección de errores de la Junta.

7420 Actividades de fotografía
7911 Actividades de las agencias de viajes
7912 Actividades de los operadores turísticos
7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
8219 Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina
8230 Organización de convenciones y ferias de muestras
9001 Artes escénicas
9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas
9003 Creación artística y literaria
9004 Gestión de salas de espectáculos
9311 Gestión de instalaciones deportivas
9313 Actividades de los gimnasios
9319 Otras actividades deportivas
9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento
9601 Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel
9602 Peluquería y otros tratamientos de belleza
9604 Actividades de mantenimiento físico
1413 Confección de otras prendas de vestir exteriores
8690 Otras actividades sanitarias
4611 Intermediarios del comercio de materias primas, animales vivos, materias primas textiles y productos semielaborados
4612 Intermediarios del comercio de combustible, minerales, metales y productos químicos industriales
4613 Intermediarios del comercio de la madera y materiales de construcción 
4614 Intermediarios del comercio de maquinaria, equipos industriales, embarcaciones y aeronaves
4615 Intermediarios del comercio de muebles, artículos para el hogar y Ferretería
4616 Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero
4617 Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabacos
4618 Intermediarios del comercio especializados en la venta de otros productos específicos
4619 Intermediarios del comercio de productos diversos
4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados
4764 Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados
4321 Instalaciones eléctricas
4322 Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
4329 Otras instalaciones en obras de construcción
4332 Instalaciones de Carpintería
4334 Pintura y acristalamiento
4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros
4941 Transporte de mercancías por carretera
4942 Servicios de mudanza
6810 Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
6831 Agentes de la propiedad inmobiliaria
6832 Gestión y administración de la propiedad intelectual
6820 Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
5912 Actividades de postproducción cinematográfica, de video y de programas de televisión
5914 Actividades de exhibición cinematográfica
5915 Actividades de producción cinematográfica y de video
5916 Actividades de producciones de programas de televisión
5917 Actividades de distribución cinematográfica y de video
5918 Actividades de distribución de programas de televisión

IAE

Listado de Impuestos sobre actividades económicas

IAE

Impuestos sobre actividades económicas

018

Artistas de circo

663

Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de productos alimenticios, incluso bebidas y helados

674cup of coffee

Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar

972.1

Servicios de peluquería de señora y caballero

982.2

Tómbolas y rifas autorizadas, fuera de establecimiento permanente

982.4

Otras atracciones, comercio al por menor y servicios de restauración propios de ferias y verbenas, fuera de establecimiento permanente.

Nuevos IAE tras la corrección de errores de la Junta:

861.2Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares
861.2Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares (Periodistas)

Nota importante: Si no puedes acogerte a este ayuda comprueba si tu comunidad municipio ha aprobado alguna similar:

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