Si quiere retirar a su coche o moto de la circulaciĂłn (porque no lo usa o porque se lo han robado) usted debe dar de baja temporalmente su vehĂculo.

De esta manera se evitará pagar el impuesto de vehĂculos y no tendrá que tener el seguro de responsabilidad vigente.
Y cuando lo desee también puede rehabilitarlo.
Preguntas frecuentes:
ÂżSi vendĂ mi vehĂculo y aĂşn sigue a mi nombre debo darle de baja?
No, el procedimiento correcto es notificar la venta.

ÂżDebo tener el seguro en vigor aunque no utilice el vehĂculo?.Â
Correcto. La Ăşnica forma para poder prescindir del seguro en vigor es dar de baja (temporal o definitiva) al vehĂculo
ÂżDebo prorrogar la baja?.
Las bajas temporales tienen una duración máxima de un año. Si quiere prolongar esta situación debe solicitar la prórroga.
- Antes de la finalizaciĂłn de la baja, se podrá solicitar una prĂłrroga que tendrá una duraciĂłn de un año, sin que exista un lĂmite al nĂşmero de prĂłrrogas que se puedan encadenar.Â
- La prĂłrroga podrá solicitarse hasta 2 meses antes de la finalizaciĂłn de la baja actual y aumentará en un año la vigencia de la baja desde el final de la baja inicial, no desde la presentaciĂłn de la prĂłrroga. Es decir, no se recortarán los dĂas en los que hayas adelantado la presentaciĂłn de la prĂłrroga al fin de la baja.
- En el momento de finalizaciĂłn del plazo de la baja temporal, si no se ha solicitado una prĂłrroga, el vehĂculo volverá de manera automática a la situaciĂłn de alta administrativa, con todas las implicaciones que ello tiene.
ÂżEn quĂ© casos se prorratea el Impuesto de VehĂculos de TracciĂłn Mecánica?
En caso de baja definitiva del vehĂculo o baja temporal por sustracciĂłn del vehĂculo, la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales completos y tendrá efectividad en el trimestre siguiente en que tuviera lugar la formalizaciĂłn de baja. (TRLRHL)
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