El día 1 de abril de 2025 se aprobó una norma que aumenta la información que los bancos deben suministrar a la Agencia Tributaria, a partir de 2026.
No se trata sólo de los movimientos del Bizum, también los movimientos y saldos de las cuentas y otras operaciones financieras.
Las cuentas bancarias.
Si tienes una cuenta, tu entidad financiera cada mes debe remitir información sobre ella, sea como sea esta: cuenta corriente, cuenta de ahorro, imposición a plazo, etc.
La Agencia Tributaria sabrá quien es el titular, autorizado o beneficiario de la cuenta. El saldo del último trimestre y los movimientos de todo el año, aunque esta información se remitirá en la declaración del último año.
Todas las imposiciones y retiradas superiores a 3000 euros serán igualmente comunicadas.
Todo ello se hará mediante el modelo 196.
- ¿Se imaginan que pasará con esos alquileres que no se declaran en su totalidad? En fin…
- ¿Y de esas retiradas que hace el niño de nuestra cuenta común? Cuidado porque podría ser una donación encubierta….
Los préstamos y las tarjetas.
Los préstamos y créditos también se ven afectados por esta norma, y deberán comunicarse a la Agencia Tributaria.
Esto se comunicará con el modelo 181.
Las tarjetas de crédito hacen que el dinero viaje más rápido que el propio pensamiento. Hay operaciones que a golpe de clic en tu móvil inteligente se realizan de forma inmediata. Esto es muy interesante para que se mantenga esta sociedad de consumo desmesurado. Ya ve, viaja más rápido que el pensamiento…
Pues bien los movimientos de tarjetas de crédito de particulares (sea como sea, esta) también se informarán, con el modelo 174, especialmente cuando superen los 25000 euros anuales. (Art. 38 ter RGAT).
Los TPV y los Bizum.
La AEAT recibirá información de los cobros realizados por los negocios a través de tarjeta (TPV) y de los pagos asociados a números de teléfono móvil (Bizum, PayPal, Google Pay, etc), sea cual sea su importe.
El modelo empleado para remitir la información es el 170.
Esto junto con el nuevo sistema de facturación Verifactu (cuando se aplique) dará una extraordinaria trazabilidad a todas las operaciones realizadas por empresas y profesionales. Cualquier discrepancia podría ser investigada.
Así que si usted es médico, psicólogo, o algo parecido, y por la tarde, da consultas a particulares en su clínica, ya sabe lo que tiene que hacer si cobra mediante Bizum. El diagnóstico está claro.
En el caso de pagos esporádicos entre particulares (por ejemplo, para compartir gastos de cafetería u otras compras…) las entidades no tienen que declararlas.
Pero tú sí, siempre que se trate de una transacción, donación o cualquier otro negocio, acto o hecho que manifieste capacidad de renta.
Es decir, una cosa es compartir los gastos de una cafetería, otra muy diferente es vender algo …
El umbral de riesgo que manejan los bancos es aproximadamente unos 10000 euros al año, para comunicar estas operaciones al SEPBLAC. Pero todo depende del banco.
No obstante, aunque ya haya habido nota de prensa del Ministerio y todo, lo mejor es poner en el envío el concepto claramente.
No vaya a ser unas cervezas de 1500 euros… pueda suponer el inicio de expediente de ISD o del art. 39 LIRPF. Ya me entiendes…
Fuente:
- Nueva redacción del art. 37 y 38 del RGAT: Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financiera
- Real Decreto 253/2025, de 1 de abril de 2025.
- La Orden HAC/747/2025 por la que se regulan los modelos.
- Nota de prensa del Ministerio (15/12/2025)
El proyecto ViDA
Las operaciones intracomunitarias en la lupa de las Haciendas europeas.
La calificación de la extinción del condominio.
La extinción de condominio artificiosa tributa por TPO., Te lo explica tu Gestor de Granada.
Nota: Los artículos de este blog, sus enlaces y comentarios se proporcionan como una orientación general, a efectos únicamente informativos. Por tanto, no pueden tomarse como si fuera asesoramiento. Aunque todo está contrastado no podemos garantizar la exactitud de lo escrito. Para un asesoramiento preciso debe consultar con el Gestor, bien mediante una consulta online o una presencial.






Tengo una cuenta Revolut, ¿también dirán lo que tengo?
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Revolut, desde hace algún tiempo, informa a la AEAT y efectúa las retenciones correspondientes a los rendimientos generados (intereses bancarios, por ej.)
Revolut además es una entidad colaboradora con la AEAT para la gestión de impuestos.
Por tanto, es bastante seguro que su saldo será comunicado.
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