Muchos clientes me suelen preguntar, para empezar ¿qué debo elegir? ¿ser autónomo, o constituir una SL?.
Todo depende del tipo de empresa, pero básicamente, el 95 % de las empresas españolas son micropymes y suelen tener unos beneficios muy moderados.
En ese caso, les recomiendo hacerse autónomos. Estas son algunas razones:
- No se pierde tiempo.
Tanto el alta, como las modificaciones o la baja son más rápidos que en una SL. La constitución de una SL lleva su tiempo porque hay que reservar el nombre, recibir el certificado, reservar cita en notaría, firma el acta de constitucion y los estatutos, desembolsar el capital, obtener el NIF defiinitivo, luego el provisional, inscribir la sociedad en el Registro, previo pago de tasas e ITP modalidad operaciones societarias, dar de alta los ficheros de la sociedad en la AEGPD, etc. Y que en todo este tiempo todos los socios estén de acuerdo.
- Se puede optar a la bonificación en las cuotas de Seguridad Social.
Si se es administrador de una SL no es posible aplicarlas y además deben tributar por una base mínima más alta que el autónomo.
- No hay que desembolsar ningún capital social, ni compartir las decisiones con nadie.
El autónomo depende de sí mismo, no tiene que someter sus decisiones a votación y actuará siempre por el bien de su negocio.
En las SL´s las decisiones importartes deben adoptarse en una reunión con los demás socios. Muchas Sociedades Limitadas suelen ir a la quiebra, no porque les vaya mal en los negocios, sino por falta de coordinación y, en la mayoría de los casos, desavenencias entre los socios.
Cuando surge este problema hay socios que tratan de forzar la salida del que le molesta provocando desequilibrios económicos en la empresa, para que así el coste de las participaciones que quiere comprar sean más económicas.
- Constitución y gestión más económica:
El autónomo normalmente no tiene gastos por darse de alta. Se ahorra los gastos de Notaría, Registro e ITP.
Además en la gestión fiscal y laboral de la empresa la Gestoría le aplicará unos honorarios más reducidos que una SL.
La razón fundamental es que una SL debe llevar en su contabilidad todo tipo de asientos (tesorería, cuenta de socios, modificación de participaciones, resultados aplicados de otros ejercicios, etc.).
- La carga tributaria, si se tiene un buen gestor, puede ser prácticamente similar.
Muchas personas piensan que al poder las SL´s desgravar algunos elementos que el autónomo no puede este vendrá a pagar más impuestos. No siempre es así, depende del volumen de beneficios.
Se puede decir que hasta 34.000 euros de beneficios la tributación es similar. Cada año habrá que revisar la escala de gravamen de IRPF y compararla con el tipo de gravamen del IS, añadiéndole el ahorro por las cuotas de seguridad social del RETA.
- La responsabilidad frente a terceros también puede salvarse.
Si el autónomo quiere salvar su patrimonio personal, debe inscribirse como emprendedor de responsabilidad limitada.
Para los bienes del cónyuge, basta con inscribir la separación de bienes en los registros pertinentes.
- Se puede optar a subvenciones de emprendedores y apoyo al autónomo.
Muchas SL´s se quedan sin importantes ayudas porque estas sólo se destinan a autónomos, comunidades bienes y cooperativas.