Los cambios realizados por la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, al hacer tributar a las sociedades civiles, plantea una serie de consecuencias para las entidades sin personalidad jurídica a partir del 1 de enero de 2016.
En el artículo siguiente se compara el régimen de tributación anterior tanto para las sociedades civiles como para las comunidades de bienes, no sólo en la tributación directa (IRPF / IS), sino también en el modo de tributar de manera indirecta (IVA).
LA TRIBUTACIÓN DE LAS COMUNIDADES DE BIENES DESDE EL EJERCICIO 2016
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