La potencia fiscal es ese número que determina lo que pagaremos por los impuestos de nuestro vehículo.
La valoración de un vehículo a efectos fiscales depende en gran medida de su potencia fiscal. De esta manera, las bases imponibles del Impuesto de Matriculación (IEDMT), el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP-AJD) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) establece una valoración mínima en función de los caballos fiscales (CVF).
El Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica también depende de su potencia fiscal. La Ley de Haciendas Locales establece unos tramos para clasificar a los vehículos. Cuanto más CVF´s tengan más impuesto se pagará.
Pero ¿qué es la potencia fiscal?
La potencia fiscal es un concepto que no tiene relación alguna con la potencia real que pueda desarrollar el motor. Es una cifra con la que se valora a efectos fiscales su vehículo.
En la tarjeta de ITV de su vehículo, o en la nota informativa de la DGT, aparece una cifra tras la abreviatura CVF. Se trata de los caballos de vapor fiscales, o sea la potencia fiscal.
¿Cómo se calcula esa potencia fiscal?
Los ingenieros saben que según el Reglamento General de Vehículos el método de cálculo de la potencia fiscal de los motores de los vehículos se realiza resolviendo esta fórmula:
-Si es un motor de combustión interna de cuatro tiempos
-Si es un motor de explosión o de combustión interna de dos tiempos, se sustituye el 0,08 por 0,11
-Otra manera de calcular los CVF, a partir de los Kw. es multiplicar estos por 1.36.
¿Cómo influye en el IVTM?
El Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica es impuesto local.
Veamos, como influye la potencia fiscal con un ejemplo. Tomemos la Ordenanza nº 6, en vigor desde 2022, del Ayuntamiento de Granada.
CVF | Cuota |
---|---|
Menos de 8 CVF | 25,24 |
8 – 11,99 CVF | 68,16 |
12 – 15,99 CVF | 143,88 |
16 a 19,99 CVF | 179,22 |
De 20 CVF en adelante | 224,00 |
¿Ayuda saberlo para una transferencia?
Para valorar el importe de la transmisión se debe tener en cuenta el precio de compraventa o, en caso de ser mayor, la valoración mínima establecida. Esa valoración mínima depende en buena medida de las características del vehículo, y una de ellas es la potencia fiscal.