Deducir gastos de guardería

Como ya se sabe la deducción de maternidad se incrementa hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a esta, satisfaga gastos de custodia de guardería o centros de educación infantil autorizados por hijo menor de tres años.

No obstante, en el ejercicio en que el hijo menor cumpla tres años, este incremento puede ser de aplicación respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad, hasta el mes anterior en que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

Lógicamente este gasto será por la parte no subvencionada.

Lo que ocurre es que antes de la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024 sólo se podían desgravar los gastos de guarderías autorizadas por la administración educativa competente.

Tras la nueva doctrina Fiscal se elimina el carácter restrictivo y se amplia para centros infantiles, exigiéndose simplemente que deben estar debidamente autorizadas para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores. No es necesario que dispongan de autorización como centro educativo infantil.

De este modo en las campañas de renta 2023 y renta 2024, muchos centros que no habían comunicado los datos por el modelo 233 quitaban esta oportunidad de deducir a las madres, que tenían que solicitar la deducción adicional aportando certificados de dichos centros.

Para el ejercicio 2025, todas las guarderías y centros infantiles tendrán que presentar el modelo 233, para que las madres puedan incrementar su deducción de maternidad por gastos de guardería. Lógicamente esto no será hasta enero de 2026.


Se habilita por la Orden HAC/682/2025, de 27 de junio un nuevo diseño del modelo 233 para que ninguna madre se quede sin la deducción.

En fin, ya sabes que toda la información fiscal la tenemos resumida en una especie de enciclopedia, Memento, por si te interesa algún tema. A nosotros nos apasionan estos temas porque detrás de cada artículo, de cada cifra hay personas, sueños, necesidades y derechos.

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