¿Te obligan o te interesa presentarla?
Existen dos razones para presentar la Declaración de la Renta: unas veces es por obligación y otras por interés. La mayoría se fija en la primera ¿tengo obligación?, pero muy pocos se fijan en la segunda ¿me interesa presentarla? En este artículo queremos despejar tus dudas
La declaración de la renta no es solo un trámite fiscal: es una oportunidad para entender mejor tu situación económica y, en muchos casos, recuperar dinero que ya has pagado.
A- Por obligación.
La obligación de presentar declaración de la renta se regula en el art. 96 de la LIRPF. Todo depende de la fuente de renta obtenida. Para no aburrirte pondré algunos ejemplos que resultarán familiares.
1-La persona que no siempre está fija o que va de empresa a empresa.
Una persona que trabaja en la empresa XF y luego pasa a trabajar en la empresa YL, ganando en la que estuvo menos tiempo más de 1500 euros. Suponiendo que el bruto de ambas empresas fuese superior a 15876 euros, debe hacer declaración de la renta, con el agravante de que la segunda empresa no le retuvo la cuantía suficiente para que la declaración fuese negativa.
Peor es el caso de personas con contrato fijo discontinuo o quien tras trabajar estuvo en el desempleo. Si el importe del SEPE fue superior a 1500 euros en ese año le tocará hacer declaración. El motivo es sencillo Este organismo por estos importes no retiene salvo que el perceptor solicite voluntariamente un tipo de retención.
2- Empleada del hogar que gana más de 15876 euros,
Las empleadas del hogar cobran del titular del hogar su sueldo. Pero este titular del hogar no está obligado a retener nada de su nómina. Por este motivo el límite que opera es de los 15876 euros. Si ganó más está obligada a realizar declaración de la renta. No hacerlo supondría una temeridad, porque la AEAT dispone de los datos de bases de cotización de dicha trabajadora.
3- Pensionista que además cobra la pensión de Francia, de Alemania o de otro país.
Todo va a depender de lo que cobre y de quien lo cobre. Hay pensiones extranjeras sujetas y otras exentas en España.
Si la persona cobra su pensión española, con cónyuge a cargo, como mínimo 15.786,40 € y además cobra una pensión superior a 1500 euros anuales de la Mutualité Social Agricole francesa, en ese caso estaría obligado a realizar declaración.
4-El perceptor del Ingreso Mínimo Vital
En este caso no es la norma fiscal, sino la del IMV, la que le obliga a presentar declaración de la renta por todos los perceptores de la unidad de convivencia.
5-Quien tuvo un negocio individual.
Las personas que estuvieron dadas de altas en el Régimen Especial de Autónomos de Seguridad Social están obligadas a presentar declaración de la renta, independientemente del resultado obtenido. Esto va en conexión con la regularización de cuotas de dichos régimen. Si no la Seguridad Social no sabría como calcularlo.
6-Quien juega a las criptomonedas o apuesta en Bet365
Normalmente quien opera con criptomonedas sabe que en cada intercambio se genera una transmisión que tributa. También puede generar rendimientos por staking. Como seguramente estas criptomonedas no están sujetas a retención y además, el criptoinversor tiene un trabajo o cobra una prestación, por todo supera con creces el límite de 1000 euros. Así que está obligado a realizar declaración de la renta
Y cuidado si quien lo hace es un descendiente. Pues si tiene entre 18 y 25 años y está obligado a declarar con rentas superiores a 1800 euros, se acabó el poder deducirlo en en el mínimo por descendientes. En muchos casos puede suponer un pico para los padres.
Revisen igual los Bet365, Bwin, Codere, etc. Al ser apuestas recurrentes es fácil salirse del límite porque la mayoria de estas plataformas son extranjeras y no están obligadas a retener. Por todos los conceptos (trabajo, rendimientos de Revolut, apuestas, etc) es fácil superar los 1000 euros.
B- Por interés
La declaración de la renta puede ser una fuente de oportunidades.
1-Porque sale a devolver
Si la declaración de la renta sale a devolver, tras practicar las reducciones y deducciones contempladas en la normativa, ¿por qué no presentarla? Salvo que quieras regalar el dinero al erario público, cuando te ha retenido de más, o cuando has pagado pensión de alimentos a tus hijos, suele salirte a cuenta comprobar el resultado.
Muchas personas han perdido grandes sumas de dinero al desconocer las deducciones, como las de personas discapacitadas a cargo, familia numerosa, etc.
De modo que, en algunos casos, por ahorrarse hacer una declaración han perdido 1200 euros cada año.
2-Porque saliendo a cero, interesa.
Luego existen personas que sin estar obligadas, y teniendo el resultado a cero, quieren presentarla. Esto se utiliza para mantener un historial fiscal ordenado y evitar tener que solicitar el certificado de renta, que se pide para muchas ayudas y prestaciones.
En muchos casos las deducciones, cuando se derogan, sólo pueden disfrutar de un ulterior beneficio cuando se fija un régimen transitorio, que se condiciona a haber deducido anteriormente. Esto les ocurre a los que deducen vivienda habitual, siempre que lo hicieren al menos en el ejercicio 2012.
En fin, en esta cuestión no hay que dar puntada sin hilo, y saber bien lo que se hace. Darle o no al botón es fruto de lo que hoy llaman un «deep knowledge» en materia fiscal.
Nota: Los artículos de este blog, sus enlaces y comentarios se proporcionan como una orientación general, a efectos únicamente informativos. Por tanto, no pueden tomarse como si fuera asesoramiento. Aunque todo está contrastado no podemos garantizar la exactitud de lo escrito. Para un asesoramiento preciso debe consultar con el Gestor, bien mediante una consulta online o una presencial.



