Los cambios realizados por la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, al hacer tributar a las sociedades civiles, plantea una serie de consecuencias para las entidades sin personalidad jurĆdica a partir del 1 de enero de 2016. 
En el artĆculo siguiente se compara el rĆ©gimen de tributación anterior tanto para las sociedades civiles como para las comunidades de bienes, no sólo en la tributación directa (IRPF / IS), sino tambiĆ©n en el modo de tributar de manera indirecta (IVA).
LA TRIBUTACIĆN DE LAS COMUNIDADES DE BIENES DESDE EL EJERCICIO 2016
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