Restricciones por el COVID en Granada.

El domingo 8 de noviembre se anunciaron las restricciones relacionadas con los diferentes niveles de alerta que entraron en vigor el día 10, y permanecerán hasta el día 23. (BOJA 08/11/2020)

El Decreto del Presidente 9/2020 además de establecer restricciones, que estarán en vigor desde el 10 de noviembre hasta el día 24 del mes corriente, prevé un sistema de modulación en función de la evolución de la COVID en el territorio. Algo que se explicita en la Orden del mismo BOJA por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4.

De los cuatro niveles Granada está en el nivel 4, como otras zonas de Andalucía, lo que ocurre es que, además del confinamiento y las medidas que, con carácter general, se aplicarán en la Comunidad Autónoma, a la provincia de Granada se le van a aplicar medidas más severas.

Si en otros lugares de la comunidad los establecimientos pueden abrir hasta las 6 de la tarde, en la provincia granadina directamente los cierran las 24 horas, salvando lo que llaman actividades esenciales.

Los establecimientos cerrados por el art. 4 de la Orden de 8 de noviembre por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 (BOJA Extra nº 77) por la Junta de Andalucía pueden solicitar la ayuda prevista por el RD 30/2020, llamada como prestación de cierre por decreto del local.

Pueden abrir en Granada y provincia (desde el martes 10 al lunes 23):

  • Comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios (odontólogos, podólogos, fisioterapeutas….)
  • Servicios sociales y sociosanitarios,
  • Farmacia y parafarmacia,
  • Centros o clínicas veterinarias,
  • Mercados de abastos y productos higiénicos, hasta las 18 horas.
  • Servicios profesionales (abogados, gestores, seguros, arquitectos…). Además la actividad de gestoría es un servicio indispensable, según el Anexo del RD 10/2020. Nos dejan hasta las 22 horas. Aunque como es lógico, esto es una auténtica curiosidad ya que los despachos suelen cerrar mucho antes.
  • Servicios financieros. (Bancos, servicios de inversiones, etc)
  • Librerías y papelerías (también kioscos de prensa), hasta las 18 horas
  • Floristerías
  • Establecimientos de combustible (gasolineras, gas…)
  • Talleres Mecánicos
  • Servicios de reparación
  • Material de construcción
  • Ferreterías, hasta las 18 horas.
  • ITV
  • Estanco, hasta las 18 horas.
  • Tiendas de equipos tecnológicos y comunicaciones, hasta las 18 horas.
  • Tiendas de alimentos para animales de compañía, hasta las 18 horas
  • Servicios de entrega a domicilio.
  • Todo lo anterior que se desarrolle en mercadillos (puestos de fruta, por ejemplo)
  • Gimnasios para la práctica deportiva oficial.
  • Centro de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y demás centros similares.
  • Los colegios estarán abiertos, pero la Universidad de Granada sólo podrá dar sus clases online, exceptuando las prácticas.
  • Centros de trabajo, que si no están dentro de los anteriores, no podrán presencialmente al público.
  • Tintorerías y peluquerías, hasta las 18 horas.

Limitaciones de movilidad y aforos.

Para ver las limitaciones de movilidad previstas en cada municipio de Andalucía se puede consultar la web mapa covid. Se recomienda ver la fecha de actualización del mapa, pues no todos los municipios están debidamente actualizados. En caso de persistir la duda la policía local de su municipio podrá aclararle.

Como se puede apreciar todos los establecimientos que no pueden atender presencialmente sí que pueden realizar el reparto domiciliario. Es lo que llama la venta online o telefónica. Igual ocurre con los bares y restaurantes.

Los trabajadores pueden ir a los centros de trabajo donde no se reciba presencialmente al público: Por ejemplo: call center, diseñadores gráficos, centros de investigación, etc.

Nota: Como venimos reiterando desde esta Gestoría, a todas las autoridades públicas les pedimos cierta previsión y proporcionalidad en las medidas. Sobre todo para un sector tan vulnerable y a la par generador de riqueza y tejido social, como es el de los autónomos.

Actualiciones:

Actualizado tras la corrección de errores del BOJA de 10/11/2020

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