Transferencia de una moto.

Comprar una moto suele ser una decisión importante para quien está aficionado a conducir esta especial clase de vehículo. Por eso, una vez que ya ha se ha decidido dar el paso, lo que se espera es que existan ciertas garantías en la compra.moto

Por eso, desde Gestoría Pastor recomendamos que antes de comprarla pueda probarla (mecánica, estado de las ruedas, etc).  Si le gusta puede pedir una nota informativa para ver si hay cargas o reservas de dominio. Si esta todo en regla realice el trámite documental en manos de un profesional. online

No se arriesgue a elaborar impresos, contratos -de copia y pega-, ni nada de eso. Hay cláusulas que pueden causarle un gran problema.

No pierda su tiempo recorriendo organismos para realizar el trámite.  Por menos de lo que imagina un gestor administrativo se encargará de todo, entregándole en el acto un documento para que pueda circular desde el minuto uno.

Además, en la Gestoría se comprobará que todo esté correcto para que no haya sorpresas  y pueda disfrutar de su nueva moto.

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La Gestoría responde

Quiero vender mi moto en Granada. El comprador es de Madrid y quiere llevársela. ¿Qué puedo hacer antes de que realice el comprador la transferencia en su Comunidad Autónoma?.

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Puede realizar una notificación de venta. Se trata de una comunicación a la DGT de la venta de la moto. De este modo quedas libre de toda responsabilidad por lo que pueda ocurrir: multas, etc.

En 15 días, el comprador deberá realizar el trámite en su Comunidad Autónoma, dado que el ITP debe liquidarlo allí.

-¿Puedo circular si compro una moto sin la ITV en vigor?.

La respuesta es NO. Para poder circular la moto debe tener la ITV en vigor y un seguro de circulación.

Los gestores administrativos no transferimos vehículos sin la ITV en vigor, porque la DGT,  en ese caso, no nos permite la obtención de un permiso válido hasta que no pase la inspección. La normativa (Reglamento General de Vehículos) es muy clara y entre los requisitos de la documentación exigida por la DGT  consta  la tarjeta de ITV en vigor.

Si intenta por su cuenta hacer la transferencia en la DGT ocurrirá lo mismo. Verá como el funcionario le retiene el permiso y le entrega una simple anotación, con la moto a su nombre, indicándole que hasta que no pase la ITV no tendrá el permiso de circulación. (Es lo que se llama limitación de disposición)

-¿Qué diferencia hay entre una moto y ciclomotor?

Efectivamente son cosas distintas. La respuesta la encuentras detallada aquí.

¿Qué plazo hay para reclamar al vendedor si descubro vicios ocultos en la moto?

El Código Civil permite al comprador ejercer la acción rehibitoria, o la acción quanta minoris, en el plazo de 6 meses desde la fecha de firma del contrato. Pero ello siempre que no haya firmado una cláusula de renuncia. Por esto es importante que el contrato lo haga directamente en una Gestoría.

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