Salario Mínimo Interprofesional en 2022

¿Sabes que el salario mínimo interprofesional ha subido? ¿Sabes cuándo se aplica y qué efectos tendrá?

Todos sabíamos por las noticias que el SMI subiría. Pero para poder aplicar una norma es preciso que se apruebe y que salga publicada en el BOE. Y salió, fue el 23 de febrero. Este miércoles se publicó el RD 152/2022 de 22 de febrero, por el que se fija el SMI para 2022.

La medida aunque se haya publicado poco antes de terminar el mes, tiene efectos retroactivos al 1 de enero. Eso quiere decir que habrá que hacer una nómina de atrasos del mes de enero.

¿Cuánto será el SMI?

La subida determina que el salario mínimo para 2022 es de 1000 euros al mes. Esto significa que si tienes en la nómina las dos pagas extras prorrateadas entonces tu salario será de 1167 euros.

Si el salario es por jornada entonces tu salario diario será de 33,33 días. Pero no todas las jornadas tienen ese salario, pues los eventuales que no excedan de 120 días tendrán un salario diario de 47.36 euros.

Si el contrato no es de jornada completa se atenderá al porcentaje de horas. Es decir, que si es media jornada el SMI no es 1000 sino 500.

Hay un caso especial. El de los trabajadores agrícolas que cotizan a jornadas reales. Su SMI diario será de 50,72 euros, dado que como máximo pueden trabajar 23 días al mes.

Si trabajarán 24 o más días no podrían cotizar por jornadas reales, tendría una nómina mensual.

¿A quién afectará la subida?

La noticia tendrá un impacto en la economía del trabajador y del empresario, en mayor o en menor medida, dependiendo del convenio colectivo actual. También tendrá impacto en personas que ue cobran ciertas prestaciones.

Aquí lo explicamos:

Impacto para el trabajador

  • Si el salario de convenio está por debajo del SMI, verá incrementado su salario y su base de cotización, lo que supondrá también una mejora en las cuantías que pudiera percibir por incapacidad temporal, maternidad o paternidad, desempleo, etc.
  • Si le sube el salario incrementadas las retenciones por IRPF y podrá afectar a su base general en su declaración de la renta.
  • Se modificarán las cuantías inembargables como consecuencia de la subida del SMI.
  • Aumenta las cuantías que puede abonar el FOGASA a los trabajadores que hayan sido despedidos por una empresa insolvente.

Impacto para el empresario.

  • Tendrá que abonar más salario y pagar más a la Seguridad Social por el trabajador si debe subir al alza las nóminas.
  • Aumentará la cotización del Régimen de Autónomos.
  • Dado el efecto retroactivo de la medida a 1 de enero, si procede, tendrá que calcular los atrasos salariales del mes de enero.
  • Esta medida se aplicará en todas las empresas. Da igual que sea una multinacional o una microempresa. Es todo lo que podemos decir a los pequeños empresarios.
  • Al ser un pago superior a 1000 euros la nómina deberá abonarse por transferencia bancaria.

Impacto para perceptores de prestaciones.

Aumenta el tope de los ingresos máximos para acceder a los subsidios de desempleo y a la renta activa de inserción.

Esto, no significa que dichos subsidios vayan a subir pues están vinculados a otro índice, el IPREM.

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