Declaraciones informativas sobre criptomonedas

La información es poder. La Administración bien lo sabe. Y, más aún, si se aclaran cuestiones tan opacas como las relativas a los criptoactivos.

A los criptoactivos, todo el mundo ha venido a llamar bitcoin, o como mucho, monedas virtuales. En realidad, son una serie de derivados que se convierten y se mezclan en la cuenta de pérdidas y, rara vez, de ganancias de sus usuarios. La Administración sin embargo, sólo ha puesto su punto de mira sobre las criptomonedas.

Así las cosas, en el BOE de 29 de julio de 2023, aparecen los modelos informativos sobre monedas virtuales que serán de obligada presentación en el año 2024 en dos órdenes distintas.

  • La Orden HFP/887/2023 que establece el modelo 172 y 173, dirigido a las plataformas o profesionales que se dedican a la intermediación.
  • La Orden HFP/886/2023, que establece el modelo 721, para que cualquier persona que tenga monedas virtuales en el extranjero las declare.

Si te interesa el tema…te sigo aclarando cada uno de los modelos de declaración aprobados (sólo tienes que hacer click sobre el botón que te interese).

Si, aún así, te queda alguna duda, puedes dejarla en los comentarios o, si es más concreta, pedirme una cita para lo que veamos.

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