Guía Laboral > Seguridad Social
| Normativa de Seguridad Social |
| Afiliación -Régimen General -Régimen Agrícola –Régimen del Hogar -RETA —Obligación de alta en el RETA |
| Cotización Convenio especial con la Seguridad Social La nueva cotización del RETA Aplazamientos |
| Derechos y deberes con la Seguridad Social |
| Prestaciones de la Seguridad Social –Compensación a afectados por el amianto -Ingreso Mínimo Vital -Jubilación -Incapacidad Temporal —Prestación IT por coronavirus -Incapacidad Permanente –Pensión de viudedad |
| Trámites con la Seguridad Social –Plazos para resolver del INSS |
En esta sección veremos todo los relativo a Seguridad Social: afiliación, cotización, prestaciones y otros asuntos de interés.

El sistema de Seguridad Social se implementa con diferentes entes:
- La TGSS gestiona los recursos económicos y la administración del sistema: afiliación, cotización,etc.
- El INSS gestiona las prestaciones económicas y el acceso a beneficios para los ciudadanos.
- El Instituto Social de la Marina se ocupa del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- La Gerencia de Informática de la Seguridad Social es un servicio común para la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el sistema de Seguridad Social,
NORMAS GENERALES
| Normativa de Seguridad Social |
| Afiliación -Régimen General -Régimen Agrícola –Régimen del Hogar -RETA —Obligación de alta en el RETA |
| Cotización Convenio especial con la Seguridad Social La nueva cotización del RETA Aplazamientos |
| Derechos y deberes con la Seguridad Social |
| Prestaciones de la Seguridad Social –Compensación a afectados por el amianto -Ingreso Mínimo Vital -Jubilación -Incapacidad Temporal —Prestación IT por coronavirus -Incapacidad Permanente –Pensión de viudedad |
| Trámites con la Seguridad Social –Plazos para resolver del INSS |
RÉGIMEN GENERAL
| Incapacidad temporal Artículo 169. Concepto. Artículo 170. Competencias sobre los procesos de incapacidad temporal. Artículo 171. Prestación económica. | La prestación por IT en caso de EC: 00d – 03d= 00%, salvo mejora en convenio 04d -15d= 60%, por empresa salvo mejora en convenio 16d – 20d= 60%, INSS, salvo mejora en convenio 21d -0xd= 75%, INSS, salvo mejora en convenio |
| Artículo 172. Beneficiarios. Artículo 173. Nacimiento y duración del derecho al subsidio. Artículo 174. Extinción del derecho al subsidio. Artículo 175. Pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Artículo 176. Periodos de observación y obligaciones especiales en caso de enfermedad profesional. | La prestación por IT en caso de AT: 01d – 0xd= 75%, Mutua,salvo mejora en convenio Consulte con el Gestor. |
| Nacimiento y cuidado de menor Sección 1.ª Supuesto general Artículo 177. Situaciones protegidas. Artículo 178. Beneficiarios. Artículo 179. Prestación económica Artículo 180. Pérdida o suspensión del derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor. >Las semanas extras por nacimiento desde 2026 Sección 2.ª Supuesto especial Artículo 181. Personas beneficiarias. Artículo 182. Prestación económica | ![]() |
| Corresponsabilidad en el cuidado del lactante Artículo 183. Situación protegida. Artículo 184. Beneficiarios. Artículo 185. Prestación económica. Riesgo durante el embarazo Artículo 186. Situación protegida. Artículo 187. Prestación económica. Riesgo durante la lactancia natural Artículo 188. Situación protegida. Artículo 189. Prestación económica. Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave Artículo 190. Situación protegida. Artículo 191. Beneficiarios. Artículo 192. Prestación económica. |
| Incapacidad permanente contributiva Artículo 193. Concepto. Artículo 194. Grados de incapacidad permanente. Artículo 195. Beneficiarios. Artículo 196. Prestaciones económicas. La opción entre jubilación e incapacidad permanente Artículo 197. Base reguladora de las pensiones de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes. Artículo 198. Compatibilidades en el percibo de prestaciones económicas por incapacidad permanente. Artículo 199. Norma especial sobre incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional. Compensación a víctimas del amianto Artículo 200. Calificación y revisión. | |
| Lesiones permanentes no incapacitantes Artículo 201. Indemnizaciones por baremo. Artículo 202. Beneficiarios. Artículo 203. Incompatibilidad con las prestaciones por incapacidad permanente. |
| Jubilación en su modalidad contributiva Artículo 204. Concepto. Artículo 205. Beneficiarios. Artículo 206. Jubilación anticipada por razón de la actividad. Artículo 206 bis. Jubilación anticipada en caso de discapacidad. Artículo 207. Jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador. Artículo 208. Jubilación anticipada por voluntad del interesado. Artículo 209. Base reguladora de la pensión de jubilación. Nueva forma de calcular la pensión desde 2026 Artículo 210. Cuantía de la pensión. Artículo 211. Factor de sostenibilidad de la pensión de jubilación. Artículo 212. Imprescriptibilidad. Artículo 213. Incompatibilidades. | |
| Artículo 214. Pensión de jubilación activa. Artículo 215. Jubilación parcial. |
| Normativa de Seguridad Social |
| Afiliación -Régimen General -Régimen Agrícola –Régimen del Hogar -RETA —Obligación de alta en el RETA |
| Cotización Convenio especial con la Seguridad Social La nueva cotización del RETA Aplazamientos |
| Derechos y deberes con la Seguridad Social |
| Prestaciones de la Seguridad Social –Compensación a afectados por el amianto -Ingreso Mínimo Vital -Jubilación -Incapacidad Temporal —Prestación IT por coronavirus -Incapacidad Permanente –Pensión de viudedad |
| Trámites con la Seguridad Social –Plazos para resolver del INSS |
| Muerte y supervivencia Artículo 216. Prestaciones. Artículo 217. Sujetos causantes. Artículo 218. Auxilio por defunción. La pensión de viudedad Artículo 219. Pensión de viudedad del cónyuge superviviente. Artículo 220. Pensión de viudedad en supuestos de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Artículo 221. Pensión de viudedad de parejas de hecho. Artículo 222. Prestación temporal de viudedad. Artículo 223. Compatibilidad y extinción de las prestaciones de viudedad. Artículo 224. Pensión de orfandad y prestación de orfandad. Artículo 225. Compatibilidad de la pensión y prestación de orfandad. Artículo 226. Prestaciones en favor de familiares. Artículo 227. Indemnización especial a tanto alzado. Artículo 228. Base reguladora de las prestaciones por muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes. Artículo 229. Límite de las cuantías de las pensiones. Artículo 230. Imprescriptibilidad. Artículo 231. Impedimento para ser beneficiario de las prestaciones de muerte y supervivencia. Artículo 232. Suspensión cautelar del abono de las prestaciones de muerte y supervivencia, en determinados supuestos. Artículo 233. Incremento de las pensiones de orfandad y en favor de familiares, en determinados supuestos. Artículo 234. Abono de las pensiones de orfandad, en determinados supuestos. | |
| Protección a la familia Artículo 235. Periodos de cotización asimilados por parto. Artículo 236. Beneficios por cuidado de hijos o menores. Artículo 237. Prestación familiar en su modalidad contributiva. | ![]() |
| Normativa de Seguridad Social |
| Afiliación –Régimen General -Régimen Agrícola –Régimen del Hogar -RETA –Obligación de alta en el RETA |
| Cotización Convenio especial con la Seguridad Social La nueva cotización del RETA Aplazamientos |
| Derechos y deberes con la Seguridad Social |
| Prestaciones de la Seguridad Social –Compensación a afectados por el amianto -Ingreso Mínimo Vital -Jubilación -Incapacidad Temporal —Prestación IT por coronavirus -Incapacidad Permanente –Pensión de viudedad |
| Trámites con la Seguridad Social –Plazos para resolver del INSS |
PROTECCIÓN POR DESEMPLEO
| Nivel contributivo Artículo 266. Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones. Artículo 267. Situación legal de desempleo. Artículo 268. Solicitud, nacimiento y conservación del derecho a las prestaciones. Artículo 269. Duración de la prestación por desempleo. Artículo 270. Cuantía de la prestación por desempleo. Artículo 271. Suspensión del derecho. Artículo 272. Extinción del derecho. Artículo 273. Cotización durante la situación de desempleo. | ![]() |
| Nivel asistencial Artículo 274. Beneficiarios del subsidio por desempleo. Artículo 275. Carencia de rentas y responsabilidades familiares. Artículo 276. Solicitudes, nacimiento y prórroga del derecho al subsidio. Artículo 277. Duración del subsidio. Artículo 278. Cuantía del subsidio. Artículo 279. Suspensión, reanudación y extinción del derecho al subsidio Artículo 280. Beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos años. | La pasarela al Ingreso Mínimo Vital |
| Régimen de las prestaciones Artículo 281. Automaticidad del derecho a las prestaciones. Artículo 282. Incompatibilidades. Artículo 283. Prestación por desempleo e incapacidad temporal. Artículo 284. Prestación por desempleo y nacimiento y cuidado de menor. Artículo 285. Subsidio por desempleo de mayores de 52 años y jubilación. |
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| Afiliación –Régimen General -Régimen Agrícola –Régimen del Hogar -RETA –Obligación de alta en el RETA |
| Cotización Convenio especial con la Seguridad Social La nueva cotización del RETA Aplazamientos |
| Derechos y deberes con la Seguridad Social |
| Prestaciones de la Seguridad Social –Compensación a afectados por el amianto -Ingreso Mínimo Vital -Jubilación -Incapacidad Temporal —Prestación IT por coronavirus -Incapacidad Permanente –Pensión de viudedad |
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Dar de alta en el RETA |
RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS
| Afiliación, cotización y recaudación Artículo 307. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos. La obligación de cotizar y estar de alta como autónomo. Código de Ocupación CNAE 2025 Artículo 308. Cotización y recaudación. La cotización del RETA desde 2023 Artículo 309. Cotización en los supuestos de reconocimiento de una prestación económica de la Seguridad Social con anterioridad a la regularización anual. Artículo 310. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia. Artículo 310 bis. Cotización de los perceptores de pensión de jubilación cuando realicen actividades artísticas. Artículo 311. Cotización al régimen especial a partir de la edad de jubilación. Artículo 312. Base mínima de cotización para determinados trabajadores autónomos. Artículo 313. Cotización en supuestos de pluriactividad. Artículo 313 bis. Cotización de los artistas con bajos ingresos integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. | ![]() Quiero darme de alta |
| Acción protectora Sección 1.ª Contingencias protegibles Artículo 314. Alcance de la acción protectora. Artículo 315. Cobertura de la incapacidad temporal. Artículo 316. Cobertura de las contingencias profesionales. Artículo 317. Acción protectora de los trabajadores autónomos económicamente dependientes. Sección 2.ª Disposiciones en materia de prestaciones Artículo 318. Normas aplicables. Artículo 319. Efectos de las cuotas anteriores al alta. Artículo 320. Base reguladora en los supuestos de cotización reducida y de cotización con 65 o más años de edad. Artículo 321. Nacimiento y cuantía de la prestación de incapacidad temporal. Artículo 322. Cuantía de la pensión de jubilación. | |
| Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios Artículo 323. Ámbito de aplicación. Artículo 324. Reglas de inclusión. Artículo 325. Especialidades en materia de cotización. Artículo 326. Cobertura de la incapacidad temporal y de las contingencias profesionales. | ![]() |
PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD
| Disposiciones generales Artículo 327. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 328. Régimen jurídico. Artículo 329. Acción protectora. Artículo 330. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección. Artículo 331. Situación legal de cese de actividad. Artículo 332. Acreditación de la situación legal de cese de actividad. | Consulte blog autónomos |
| Situación legal de cese de actividad en supuestos especiales Artículo 333. Trabajadores autónomos económicamente dependientes. Artículo 334. Trabajadores autónomos por su condición de socios de sociedades de capital. Artículo 335. Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado. Artículo 336. Trabajadores autónomos que ejercen su actividad profesional conjuntamente. | |
| Régimen de la protección Artículo 337. Solicitud y nacimiento del derecho a la protección por cese de actividad. Artículo 338. Duración de la prestación económica. Artículo 339. Cuantía de la prestación económica por cese de la actividad. Artículo 340. Suspensión del derecho a la protección. Artículo 341. Extinción del derecho a la protección. Artículo 342. Incompatibilidades. Artículo 343. Cese de actividad, incapacidad temporal, maternidad y paternidad. | Consultar cómo acceder a la prestación |
| Régimen financiero y gestión de las prestaciones Artículo 344. Financiación, base y tipo de cotización. Artículo 345. Recaudación. Artículo 346. Órgano gestor. | |
| Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones Artículo 347. Obligaciones de los trabajadores autónomos. Artículo 348. Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas. Artículo 349. Infracciones. Artículo 350. Jurisdicción competente y reclamación previa. |
PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS
| Prestaciones familiares en su modalidad no contributiva Asignación económica por hijo o menor a cargo Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres o padres con discapacidad. Prestación por parto o adopción múltiples | |
| Incapacidad no contributiva | Consulte la Guía de Ayudas |
| Incapacidad no contributiva |













