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El artículo 133.2 de la Constitución se dispone que las entidades locales podrán establecer y exigir tributos de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Por ello el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales da cumplimiento a este derecho que luego las propias entidades locales matizarán a través de sus Ordenanzas.

En esta sección abordaremos la tributación local de un modo práctico, ameno e intuitivo.

 

IMPUESTOS LOCALES.

Ley reguladora de las Haciendas Locales RD Leg. 2/2004

8a. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Ordenanza nÂş2 del IBI en Armilla- Granada
Ordenanza nÂş 3 del IBI de Granada (vigencia 2022)
Ordenanza del IBI en Madrid
Ordenanza del IBI en Torrecampo – CĂłrdoba- (vigencia 2022)

El IBI, antiguamente denominado como «la contribución», es un tributo directo de carácter real, de titularidad municipal y exacción obligatoria que grava el valor catastral de los bienes inmuebles.

En esta secciĂłn repasaremos los artĂ­culos 60 a 77 del TRLRHL (R.D. 2/2004).

Como se puede observar se trata de un impuesto que se devenga cada año.

La gestión del tributo es compartida. El Ayuntamiento gestiona, exacciona y recauda, pero la Administración a través de Catastro fija el valor sujeto a imposición.

Hecho imponible (61)
Exenciones (62)
Sujeto Pasivo (63)
Las exenciones pueden ser de tres clases: aplicables de oficio, rogadas y potestativas
Base Imponible (65)
ReducciĂłn den la base imponible (67)
Tipo de gravamen (72)
-Del 0.4 al 1.1 segĂşn el tipo de inmueble.
Bonificaciones obligatorias (73)
Bonificaciones potestativas (74)
BonificaciĂłn del IBI en Granada
Devengo y periodo impositivo (75)
GestiĂłn tributaria del impuesto (77)
El IBI se devenga el 1 de enero
Somos varios titulares de un inmueble en comĂşn. ÂżPodemos dividir el recibo del IBI?>>

SĂ­. Cuando un inmueble es propiedad de dos o más personas, cualquiera de ellas (teniendo en cuenta los requisitos) podrá solicitar la divisiĂłn del recibo del IBI en tantos recibos como copropietarios existan, segĂşn su coeficiente de propiedad.

Si vendo mi casa en Febrero, ¿quién paga el IBI? >>

El sujeto pasivo ( o sea la persona que debe abonar el IBI a la Hacienda Local es quien sea propietario del inmueble a día 1 de enero del año (Devengo art. 75). No obstante, y ya en el ámbito civil -no tributario- se puede acordar un prorrateo del coste de dicho impuesto.

 

8b. Impuesto de Actividades EconĂłmicas

Está regulado en los arts. 78 a 91 de la Ley de Haciendas Locales (RDL 2/2004)

Listado de epĂ­grafes del Impuesto de Actividades EconĂłmicas
Buscar epĂ­grafe
Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucciĂłn del Impuesto sobre Actividades EconĂłmicas.
Ordenanza nÂş 3 del IAE en Armilla- Granada
Coeficientes por calles de Armilla-Granada
Ordenanza del IAE en Granada
Ordenanza del IAE en Madrid
Supuestos de no sujeciĂłn (81)
Exenciones (82)
Sujetos pasivos (83
El impuesto de actividades econĂłmicas.
Cuota tributaria (84)La subida de un coeficiente (Ă­ndice de situaciĂłn), dentro de los parámetros legales, puede ser alegado como motivo de impugnaciĂłn de la liquidaciĂłn del IAE – STS 2314/2019
GestiĂłn tributaria del impuesto (90)
MatrĂ­cula del impuesto (91)
 

 

 

8c. Impuesto de Vehículos sobre Tracción Mecánica.

Está regulado en los arts. 92 a 99 de la Ley de Haciendas Locales (RDL 2/2004)

Ordenanza nÂş 4 del IVTM de Armilla -Granada
Ordenanza nÂş 6 del IVTM de Granada (Vigencia)
Ordenanza del IVTM Las Gabias
Ordenanza del IVTM en Madrid.

 

Hecho Imponible (92)
ExenciĂłn (93)
VehĂ­culos exentos de IVTM
Sujetos pasivos (94)
Cuota (95)
BonificaciĂłn (95.6)
Periodo impositivo (96)
La bonificación para vehículos de más de 25 años o de vehículos históricos puede estar contemplada en la Ordenanza.
GestiĂłn tributaria (97)
AutoliquidaciĂłn (98)
JustificaciĂłn del pago (99)
 

 

8d. Impuesto sobre construcciones y obras.

Ordenanza nÂş 4 del ICIO en AlhendĂ­n -Granada
Ordenanza nÂş 5 del ICIO en Armilla – Granada.
Ordenanza nÂş 4 del ICIO en Granada.
Ordenanza ICIO en Sevilla
Ordenanza ICIO en Madrid

 

Base Imponible (102.1)
Tipo de gravamen (102.3)
>No puede exceder del 4%

Exenciones

Desde el 04/11/2023 se elimina la exenciĂłn a obras para la Iglesia (Orden HFP 1180/2023)

El ICIO es un impuesto municipal potestativo
GestiĂłn (103)
Bonificaciones

Exenciones
Desde el 04/11/2023 se elimina la exenciĂłn a obras para la Iglesia (Orden HFP 1180/2023)
 

8e. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalĂ­a)

Ordenanza nÂş 6 del IIVTNU en Armilla -Granada (Vigencia 2008-2022)
Ordenanza nÂş 5 del IIVTNU en Granada
Ordenanza del IIVTNU en Las Gabias
Ordenanza 8/2022 del IIVTNU en Madrid
Ordenanza del IIVTNU en Pozoblanco
Naturaleza y hecho imponible (104)
Supuestos de no sujeciĂłn (104):
-Terrenos rĂşsticos
AportaciĂłn a gananciales
-AportaciĂłn a hijos por sentencia (separ./divorcio)
-Herencia de hijos cuando el fallecimiento de la madre sea por violencia de género.
-Transmisiones de la Sociedad de GestiĂłn de Activos Procedentes de la ReestructuraciĂłn Bancaria, S.A.
-Cuando no hay incremento de valor.


Este es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisiĂłn de la propiedad de los terrenos por cualquier tĂ­tulo o de la constituciĂłn o transmisiĂłn de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos
Exenciones (105)
Sujetos pasivos (106)
 
Base Imponible (107)
La tributación de la plusvalía a pérdida.
La plusvalĂ­a Âżes inconstitucional?
Tipo de Gravamen (108)
Devengo (109)
GestiĂłn tributaria (110)

Una persona va a recibir en donaciĂłn unas participaciones de una sociedad que tiene en su activo un bien inmueble Âżtributa en IIVTNU? >>

No, porque art. 104 TRLHL indica que la donación de parte de las participaciones sociales no supondría la transmisión de terrenos de naturaleza urbana, por lo que no se realiza el hecho imponible del IIVTNU y no tiene incidencia en el ámbito de dicho impuesto.

 

8f. Tasas del Ayuntamiento.

Tasa por utilizaciĂłn privativa o aprovechamiento especial del dominio pĂşblico local en Armilla (postes, cables, etc)

Las tasas del ayuntamiento, segĂşn la Ley de Haciendas Locales (art 20-27 de la TRLRHL), son tributos que se pagan por la utilizaciĂłn privativa del dominio pĂşblico, la prestaciĂłn de servicios pĂşblicos o la realizaciĂłn de actividades administrativas que benefician de forma particular a los ciudadanos.

Cada Ayuntamiento a través de sus Ordenanzas fiscales ( que tienen rango de reglamento) pueden establecer tasas.

Las más conocidas son: las del estacionamiento de vehĂ­culos, la ocupaciĂłn de la vĂ­a pĂşblica (mesas de los bares, por ej.) y servicios como la gestiĂłn de residuos, entre otros. 

ÂżQuĂ© es una tasa? 
Entrada a piscina municipal Âżtasa o precio pĂşblico? 
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8e. Otros tributos

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