Novedades fiscales para Andalucía. Ley 5/2021

Con la Ley 5/2021, de 20 de octubre de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía se producen una serie de novedades que trataremos de resumir en este post.

La norma deroga el antgiuo Decreto 1/2018 desde el 1 de enero de 2022 y las rebajas fiscales del Decreto Ley 7/2021 desde el 27 de octubre de 2021.

IRPF.

Deducciones autonómicas:

  • En el IRPF se incrementa al 5% el porcentaje de la deducción por adquisición de vivienda protegida y por menores de 35 años. 
  • El alquiler de vivienda habitual podrá deducirse al 15% de las cantidades hasta un máximo de 600 euros. Puede llegar hasta 900 si se trata de personas discapacitadas. Se permite que puedan aplicar la deducción mayores de 65 años y víctimas de violencia doméstica.
  • La deducción por nacimiento o adopción se extiende al acogimiento familiar de menores. Deducción de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o acogido. 400 euros cuando el hecho tenga lugar en un municipio con problemas de despoblación (ver municipios)
  • Deducción de 150 euros para contribuyentes con discapacidad. Antes eran 100 euros. 
  • La deducción para contribuyentes con cónyuges con discapacidad se extiende a las parejas de hecho debida inscritas. De ahí, la importancia de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
  • La deducción por asistencia a personas con discapacidad será del 20%. 
  • La deducción por ayuda doméstica también del 20% de la cuota fija correspondiente a la cotización anual del empleado satisfecha a la Seguridad Social. Límite de 500 euros y aplicable tambien para contribuyentes mayores de 75 años. 
  • Deducción para la adquisición de acciones y participaciones sociales, también para sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada.
  • Se crean dos nuevas deducciones. Una deducción por gastos educativos del 15% hasta un límite de 150 euros por descendiente, y una deducción por donativos con finalidad ecológica del 10% hasta 150 euros para administraciones y entidades no lucrativas que tengan por objeto la defensa y conservación del medio ambiente.

Además: individual o conjunta

  • Se anticipa al 2022 la reducción de la escala autonómica del IRPF.
  • Se amplían los límites de las bases imponibles general y del ahorro para la aplicación de las deducciones. De 19.000 euros en tributación individual a 25000 €. De 24.000 en tributación conjunta a 30.000 euros. 

ITP y AJD 

Tipos de gravamen del  Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:

  • Se fija, desde el 28 de octubre de 2021, un único tipo general del 7% para la transmisión de inmuebles y la constitución de derechos reales sobre los mismos. Olvídese de los tipos del 8%, 9% y 10% que había anteriormente.
  • Se crea el tipo reducido del ITP al 6% para la adquisición de viviendas con un precio no superior a 150.000 euros, o 250.000 euros en el caso de personas con discapacidad. En la modalidad del AJD las escrituras que documenten las adquisiciones anteriores aplicarán un tipo reducido del 1%. 
  • Se mantiene el tipo reducido del 3,5% para jóvenes y adquieran un inmueble para destinarlo a vivienda habitual y su precio fue inferior a 150.000 euros.
  • Se establece un tipo reducido del 3,5% cuando los adquirentes sean víctimas de violencia doméstica, terrorismo o personas afectadas. En la modalidad del AJD las escrituras que documenten las adquisiciones anteriores aplicarán un tipo reducido del 0,3%. 
  • Se crean además nuevos tipos reducidos para favorecer la adquisición de vivienda habitual en municipios con problemas de despoblación. 

Ejemplo: Don Javier, de 40 años de edad, residente Bubión, quiere comprar una vivienda en Capileira por 140.000 euros el 3 de diciembre de 2021, para fijar allí su vivienda habitual. Pregunta que ITP tendrá que pagar. capileira

El tipo aplicable según el art. 43.1 g) de la Ley 5/2021 será del 3,5% siempre que el inmueble sea su vivienda habitual y radique en un municipio relacionado en la resolución de 23/10/2021. Este tipo de gravamen está en vigor desde el 28/10/2021.

Se modifican determinados tipos del Impuesto: mod600

  • Se reduce el tipo general en AJD que pasa a ser del 1,2%. Ya no será del 1,5%.
  • Los arrendamientos tienen tipo único de gravamen del 0,3%  desde el 01/01/2022. Ya no habrá escala.
  • Se amplía el tipo reducido aplicable a los vehículos «0 emisiones» a otros vehículos propulsados de forma ecológica como bicicletas, vehículos de movilidad personal y embarcaciones propulsadas por energía eléctrica, solar o eólica.  

ISD.

Para el Impuesto de Sucesiones y Donacionesmod 650

  • La reducción por adquisición mortis causa de la vivienda habitual del causante será del 99% sea cual fuere el valor del inmueble.
  • En la donación de vivienda habitual se amplía el ámbito de la reducción, inicialmente prevista para personas con discapacidad a menores de 35 años, víctimas de violencia doméstica, terrorismo y personas afectadas. 
  • En la donación de dinero para la adquisición de vivienda habitual se elimina el requisito de que se trate de adquisición de primera vivienda habitual. Esta reducción se aplica a los mismos sujetos que la reducción por donación de vivienda habitual. 
  • La base máxima de la deducción anteriormente fijada en 120.000 euros se amplía hasta los 150.000 euros con carácter general y 250.000 euros respecto de personas con discapacidad. 

Además:

  • Se minora el gravamen en todos los tramos del ISD. Se mantienen los coeficientes multiplicadores por parentesco. No se discriminará por el patrimonio preexistente con el objeto de que el tipo marginal no exceda del 45%. 
  • Se equiparan las parejas de hecho inscritas a los cónyuges respecto de las reducciones, coeficientes multiplicadores y bonificaciones en cuota. 
  • Se suprime la discriminación por patrimonio preexistente a la mejora de la reducción estatal de 1 millón de euros para los contribuyentes de los grupos I y II en las adquisiciones mortis causa. Adicionalmente el importe de la reducción para los contribuyentes del grupo III de parentesco pasa de 7.993,46 euros a 10.000 euros. 
  • En el caso de los contribuyentes con discapacidad, se establece una reducción de 250.000 euros en las adquisiciones mortis  para el contribuyente discapacitado. De  500.000 euros  cuando la discapacidad sea igual o superior al 65%. Esta reducción es independiente del grado de parentesco y del patrimonio preexistente. No obstante y sin perjuicio de lo anterior, la reducción es compatible y acumulable con la establecida para los grupos de parentesco. 

Adquisión de empresas, traspasos…

  • La mejora de la reducción se amplía hasta el 6º grado y no tuvo porque ser la actividad la principal fuente de renta del causante.
  • En la donación de dinero a parientes para la constitución o ampliación de empresa individual o negocio profesional se mejora el plazo de mantenimiento de la empresa con independencia del grupo de parentesco.  

Impuesto sobre el Patrimonio 

El mínimo exento se fija en 1.250.000 euros para las personas con discapacidad entre el 33% y el 65%, y de 1.500.000 euros en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 65%. 

Aplicación de los tributos

La gran novedad de la norma es el plazo de presentación del ITP-AJD y el ISD en su modalidad donaciones: Desde el 1 de enero de 2022 será de 2 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de devengo.  Antes eran 30 días hábiles. (Art. 69 de la Ley)findeplazo

También se establece que los empresarios obligados a llevar libros de registro, deberán declarar dentro del mes natural las adquisiciones de objetos fabricados con metales preciosos de manera conjunta con todas las operaciones sujetas a la modalidad de TPO del ITP-AJD.

IDMT

El impuesto sobre determinados medios de transponte se rebajan los tipos  a los vehículos altamente contaminantes al 14,75% y a las embarcaciones y aeronaves al 12%. 

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Tributos sobre el Juego 

Se reducen los tipos aplicables a casinos, bingos y el tipo general al 15% e igualmente se minoran las cuotas aplicables a las máquinas tipo B y C. 

Se suprimen las tasas de las rifas y tómbolas benéficas cuando el valor de los premios no supere los 5.000 euros.

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