Toca hacer cuentas con el fisco. No cualquier cuenta, sino la más importante para ti. Se trata de la declaración de la renta del 2021.
Pero antes de empezar quisiera desmontar algunas leyendas urbanas, porque hay algunos periódicos que no hacen bien su trabajo y desinforman.
- La primera. La ayuda de la infancia no se percibe a través de la declaración de la renta. Es un asunto del Instituto Nacional de la Seguridad Social y por tanto, no hay que solicitar nada en la declaración de la renta.
- La segunda. Todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital están obligados a hacer la declaración de la renta, aunque no hayan ganado nada o aunque sus rendimientos estén exentos.
- La tercera. El saldo de las criptomonedas no se declara en la declaración de la renta (Modelo 100). En todo caso, si estás obligado, en la declaración del Impuesto del Patrimonio (Modelo 714). Por ahí te confundirán con la casilla 46 (Saldos en monedas virtuales)
- La cuarta, y última de momento, porque la ignorancia es muy atrevida. Los intereses de demora no han subido. Sí, el IPC ha subido bastante pero los intereses de demora siguen siendo como los del año pasado (el 3,75%). Esto sólo es aplicable para quien quiera un aplazamiento. No se aplica para el fraccionamiento 60/40 de todos los años.
Y aclarado lo anterior, te contaré las novedades más importantes de este año.
La presentación del impuesto.
Como sabes esta declaración hay que presentarla, sí o sí, por internet. Se puede hacer desde el día 6 de abril y hasta el día 30 de junio. No siempre por presentarla antes devuelven antes. Todo depende de los órganos de gestión y de los algoritmos de la Agencia Tributaria.
Evidentemente, este año han operado algunos cambios técnicos en el modelo para reflejar distintas situaciones: grandes tenedores de alquiler, autónomos en estimación directa, fraccionamiento de imputación de subvenciones, etc. Son datos técnicos que podrían aburrirte.
Pienso que quizá te interese más ver las novedades de este año, al margen de la interfaz o el diseño del modelo. Esas cosas tan técnicas son cosas que nos toca estudiar a nosotros. Al final los gestores, además de derecho tributario, tenemos que saber de todo un poco: big data, programación, criptomonedas … Si no, te quedas en la estacada.
Exenciones
Este año las exenciones tienen en cuenta a los ciudadanos canarios, por cuestiones europeas y por la erupción del volcán de la Palma.
Así se dispone:
- La exención del 50 por 100 de los rendimientos de trabajo percibidos por los tripulantes de buques canarios inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias.
- La exención de ayudas públicas percibidas para reparar la destrucción en elementos patrimoniales por catástrofes naturales como consencuencia del volcán Cumbre Vieja en la isla de la Palma.
La verdad, sean las cosas, el 2021 también fue un año complicado. Pero aquí seguimos. ¿Se acuerdan de la borrasca Filomena? Pues bien se ha dispuesto una exención por las ayudas excepcionales concedidas en los supuestos de fallecimiento y de incapacidad absoluta permanente causados directamente por la borrasca “Filomena”.
En otro orden de cosas, en 2021 se concedieron unas subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios. Pues bien se dispone que no hay que declarar en 2021 las ayudas percibidas en virtud de los reales Decretos 691/2021, 737/2020 y 853/2021.
Rendimientos de capital inmobiliario
En el asunto de alquileres se dispone:
- Se reduce de 6 a 3 meses la posibilidad de tener en cuenta como gasto el saldo de dudoso cobro
- Los grandes tenedores alquileres de locales que hayan practicado una rebaja en la renta acordada tras la pandemia, y relativa a los meses de enero a marzo de 2021 no precisan un anexo en el contrato, sino que con su voluntad basta.
- Tras la STS 1130/2021 los que alquilen un piso heredado o donado pueden desgravar la amortización del inmueble teniendo en cuenta el valor del bien y los gastos asociados a la adquisición. Aunque no les costó nada, el valor de referencia es el de las escrituras, el consignado en el ISD o el comprobado por la Administración.
- La reducción del 60% por el alquiler de vivienda no se puede aplicar tras una comprobación de la Agencia Tributaria. O lo consignas en la declaración de manera expresa o si no, no es posible hacerlo luego.
¿Qué tal?. Entiendes lo que te explico. A veces, al explicar podemos ser muy técnicos. Es un defecto que nos inculcan desde la facultad, pero trataré de hacerlo lo más fácil posible, para que me entiendas bien.
Esto es una cosa importante y seguro que nadie te contará lo que yo te cuento.
Rendimientos de capital mobiliario.
La novedad es para los unit linked. Un producto de bastante riesgo que consiste básicamente en dividir lo aportado en dos cestas: una para el seguro de vida y otra para un fondo o activo financiero, donde nadie te asegura rentabilidad, ni retorno del capital.
Si el contrato del unit linked cumple con la normativa durante toda la vigencia del contrato el régimen fiscal es similar al de los seguros de vida.
Pero, como es posible que no se cumplan las condiciones hay que hacer tributar la diferencia entre el valor liquidativo al final y al comienzo de cada periodo impositivo.
¿Y qué condiciones son esas?
- Que el tomador no pueda tener la facultad de modificar las inversiones afectas a la póliza.
- Que las provisiones matemáticas se encuentren invertidas en las instituciones de inversión colectiva determinadas por la Ley de Renta.
Rendimiento de actividades económicas
Los autónomos, para su empresa de reducida dimensión, pueden contablizar como pérdida por deterioro los saldos deudores de sus clientes, siempre que hayan transcurrido más de 3 meses desde el intento de cobro.
Excepcionalmente, los autónomos que se pasaron de módulos a estimación directa en 2021 para cobrar las ayudas del COVID, pueden volver a módulos en 2022. No tienen que esperar los tres años que marca normalmente la ley. Claro, siempre que no se pase de los límites establecidos.
Los índices correctores de los módulos del campo se publicaron, aunque muy tarde.
Ganancias o pérdidas patrimoniales
Si te aplicaste la exención por reinversión en vivienda habitual, y no pudiste reinvertir en plazo, debes saber que han dado un tiempo extra que no cuenta. Si es tu caso lo podemos ver si vienes por aquí.
Si has vendido algo, que heredaste por un pacto sucesorio, desde el 11 de julio de 2021, debes saber si tienes que subrogarte en la posición del causante. Pero vamos, no te preocupes si tu herencia va por el código civil. El pacto sucesorio sólo es posible en los regímenes forales de Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.
Cuidado con tener activos en paraísos fiscales. Se ha establecido un régimen de imputaciones específico y se ha cambiado la definición de paraíso fiscal por la de jurisdicciones no cooperativas. De momento se tienen en cuenta como territorios calificados como paraíso fiscal los previstos en el RD 1080/1991.
Reducciones de la base imponible general
Como ya escribí en un post anterior, los planes de pensiones (aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social) sólo reducen hasta 2000 euros al año. Deja de ser fiscalmente atractivo este producto. Eso sí, puedes aplicar este año todos los excesos que no hayas reducido en los cuatro años anteriores (2016-2020)
Suben los tipos.
La ley de presupuestos del 2021 introdujo en la escala de gravamen un nuevo tramo: el de los 300.000 euros. Si tu base está en este tramo el Estado te cobrará un 24,50% y la comunidad autonóma el tramo máximo (Andalucía el 23,70%).
Es decir, que los andaluces con una base liquidable general de 300.000 euros tendrán un tipo de gravamen de un 48,50%. Casi la mitad.
También sube la tributación de la base liquidable (donde tributan las ganancias patrimoniales y los rendimientos del banco). Si tu base es superior a 200.000 euros se aplicará un tipo estatal del 13% y un autonómico, también del 13%. En total un 26%.
Si vendió una casa y ganó 200.000 euros pagará un 26%. Por eso, es importante tener en cuenta las desgravaciones que se pueden aplicar a todo esto. Puede ser que si no guardó dinero suficiente, ahora no lo tenga y deba pedir un aplazamiento.
Deducciones de la cuota íntegra
Si eres autónomo y participaste en inversiones para producciones cinematográficas y series audiovisuales españolas, cumpliendo ciertos requisitos, puedes aplicar las deducciones. No creo que hayas hecho esas inversiones. Bastante tienes con salir adelante y como mucho, suscribirte al Netflix. Pero si lo has hecho puedes consultarme.
Hay deducciones para inversiones empresariales en Canarias
Se elevan las deducciones a las actividades prioritarias de mecenazgo en un 5%
La deducción estrella del 2021 es la de obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Son obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 tendentes a reducir la demanda de calefacción, refrigeración y energía primaria no renovable.
Esta deducción la puedes encontrar desarrollada en la disposición adicional quincuagésima en la Ley del IRPF. Como verás este año es posible que no puedas aplicarlo. Ten en cuenta que:
- Tiene que ser tu vivienda habitual o tenerla arrendada como vivienda.
- Las cantidades dependen de lo ejecutado. Pueden ser de un 20%, de un 40%, etc con un tope de inversión determinado.
- Tienes que disponer de factura y de certificado de eficiencia energética, demostrando que ahorras más de un 7%. Tanto el certificado como la factura debe ser de fecha anterior al 31 de diciembre.
En fin, aqui te he hecho spoiler de lo que te vas a encontrar cuando salgas de la gestoría. O no. Nunca se sabe.
Lo importante es:
- Hablar directamente las cosas con una persona bien preparada, no con una máquina.
- Estar bien informado de todo para conocer las mejores opciones de tributación,
- Y luego, tomar la decisión correcta, para que el gestor (no un algoritmo) te presente la declaración.
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